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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE BÚGER

Núm. 20070
Aprobación provisional ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada día 29 de octubre de 2013, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles, se abre de conformidad con el art. 102 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, un plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente hábil al de la publicación de este anuncio en el BOIB, para que la vecindad y las personas legítimamente interesadas puedan examinar el expediente y efectuar las reclamaciones, objeciones y observaciones que consideren pertinentes al departamento de secretaría de esta corporación.

En caso de que no se produzca ninguna reclamación, objeción ni observación dentro del plazo indicado, quedará aprobada definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles en función de lo previsto al art. 102 d) de la Ley autonómica 20/2006. Sin embargo no entrará en vigor hasta que no se haya publicado íntegramente en el BOIB, y hasta que no haya transcurrido el plazo que señala el artículo 113 de esta ley.

 

Búger, 30 de octubre de 2013

El Alcalde
Bartomeu Alemany Bennàsar