Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE BILBAO
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE BILBAO
Núm. 19803
Incapacidad Permanente 251/2013
D/ña. BEGOÑA MONASTERIO TORRE, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº 1 (Bilbao), HAGO SABER:
Que en autos S.S.resto 251/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D/ña. MARIA LOURDES VALENZUELA VALENZUELA contra BIZAR XXI LIMPIEZA S.L., INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE BIZKAIA sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, se ha dictado la siguiente:
CÉDULA DE CITACIÓN AUTORIDAD QUE ORDENA CITAR Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº 1 (Bilbao). ASUNTO EN QUE SE ACUERDA El arriba referenciado. FECHA DE LA RESOLUCIÓN QUE LO ACUERDA 16/04/2013. PERSONA A LA QUE SE CITA BIZAR XXI LIMPIEZA S.L. en concepto de parte demandada. OBJETO DE LA CITACIÓN Asistir en el concepto indicado a la celebración del juicio. |
LUGAR EN QUE DEBE COMPARECER En la Oficina judicial de este Juzgado, sito en la dirección arriba indicada, Sala de Vistas nº 14. Barroeta Aldamar, 10-Primera Planta. DÍA Y HORA EN LA QUE DEBE COMPARECER El 16/12/2013, a las 09:30 horas, debiendo previamente acreditarse a las 9:10 horas en la sede de este Juzgado planta 7ª.
PREVENCIONES LEGALES 1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social –LJS-). |
2.- Debe concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.3 LJS), que tratándose de documental deberá estar adecuadamente presentada, ordenada y numerada (artículo 94 LJS). |
3.- Debe presentar los documentos que estén en su poder y hayan sido propuestos por la parte demandante y admitidos por el Juzgado; si no los presentare sin causa justificada podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria, en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la LJS). |
4.- Se le hace saber que la parte demandante comparecerá en el juicio asistido de abogado. Si Vd. también se propone comparecer con alguno de dichos profesionales debe participarlo al Juzgado por escrito dentro de los DOS DÍAS siguientes al de la citación. De no hacerlo, se presume que renuncia al derecho de valerse en el acto del juicio de dichos profesionales (artículo 21.2 de la LJS). |
5.- En el primer escrito que presente o comparecencia que realice ante este Juzgado, deberá señalar un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación (artículo 53.2 de la LJS). El domicilio y los datos de localización que facilite para la práctica de los actos de comunicación surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no facilite otros datos alternativos, siendo su deber mantenerlos actualizados. Así mismo, debe comunicar a esta Oficina judicial los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares siempre que éstos se utilicen como instrumentos de comunicación con el tribunal (artículo 53.2 párrafo segundo de la LJS). 6.- La representación de persona física o entidades sociales deberá acreditarse por medio de poder notarial o conferirse por comparecencia ante Secretario Judicial. 7.- Debe comparecer con DNI, pasaporte o tarjeta de residencia. |
8.- Previamente a la celebración del juicio, deberá acreditar su identidad, compareciendo ante el Secretario Judicial en la Oficina judicial ubicada en la planta 7ª del Palacio de Justicia. De igual modo, deberán identificarse, en su caso, sus representantes procesales. |
En BILBAO (BIZKAIA), a dieciséis de abril de dos mil trece. LA SECRETARIO JUDICIAL |
BIZAR XXI LIMPIEZA S.L. |
Y para que le sirva de CITACIÓN a BIZAR XXI LIMPIEZA S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Las Islas Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
En BILBAO (BIZKAIA) a dieciséis de octubre de dos mil trece.
LA SECRETARIO JUDICIAL