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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 20024
Notificación de la resolución del Vicepresidente y Consejero de Presidencia de revocación parcial de la subvención otorgada a la entidad Asociación de la Comunidad de Cameruneses en las Islas Baleares (exp. núm. 2192/M51/2011)

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Texto

De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y teniendo en cuenta que se ha intentado en dos ocasiones la notificación sin que ésta se haya podido efectuar, se notifica a la entidad Asociación de la Comunidad de Cameruneses en las Islas Baleares, con CIF G57561813, que el día 3 de septiembre de 2013 el Vicepresidente y Consejero de Presidencia dictó resolución de revocación parcial de la subvención concedida en fecha 8 de junio de 2011 para llevar a cabo la ejecución del proyecto “Gastos ordinarios de funcionamiento y alquiler de local”, en los términos siguientes:

Primero. Revocar parcialmente en 826,84 € la subvención concedida el 8 de junio de 2011 a la entidad ASOCIACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CAMERUNESES EN LAS ISLAS BALEARES (ACCIB), con CIF G-57561813, para llevar a cabo la ejecución del proyecto denominado “Gastos ordinarios de funcionamiento y alquiler de local”, por justificación insuficiente.

Segundo. Notificar esta Resolución a la persona interesada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 i 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente y Consejero de Presidencia en el plazo de un mes desde el día siguiente al de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, 20 de septiembre de 2013

La Directora General de Cooperación e Inmigración
Antònia M. Estarellas Torrens