Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE URBANISMO Y TERRITORIO
Núm. 19872
Acuerdo de aprobación definitiva con prescripciones de la modificación puntual de las Normas subsidiarias de planeamiento del término municipal de Porreres relativa al suelo urbanizable industrial
La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2013, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"Visto el expediente relativo a la modificación puntual de las Normas subsidiarias de planeamiento del término municipal de Porreres relativa al suelo urbanizable industrial, y de acuerdo con el dictamen de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en el trámite previsto en el artículo 132.3 del Real decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de Planeamiento Urbanístico, esta Comisión Insular acuerda aprobar definitivamente la modificación mencionada con sujeción a las prescripciones siguientes:
1ª. El apartado referente al Polígono 2 de la Zona Industrial queda redactado de la manera siguiente: Polígono 2 (se corresponde a la fase B): 41.528 m2, quedando adscrito un sistema general de 893 m2.
2ª. El apartado de usos queda redactado de la siguiente manera: Usos industriales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 de las Normas subsidiarias y de almacén. Los usos de almacén e industria también admitirán la venta al por mayor de los productos almacenados o fabricados. No obstante, el sistema general adscrito a los polígonos 1 y 2 podrá destinarse a espacios libres públicos e infraestructuras de acceso.
3ª. Las impuestas en el informe de la Dirección Insular de Carreteras de dia 16 de octubre de 2013 (se adjunta como anexo).
4a. Será de aplicación la limitación establecida en el apartado 2. b de la Norma 8 del Plan Territorial Insular de Mallorca, manteniendo la exigencia como mínimo del 50% del suelo lucrativo para uso industrial”.
Asimismo, se hacen públicas las normas urbanísticas
Suelo urbanizable
Zona industrial
Ficha de planeamiento y gestión
Clase de suelo: Urbanizable
Superficie total: 117.860,- m2, dividida en dos polígonos, según se grafía en la modificación de las NNSS.
Polígono 1 (se corresponde a la fase A): 70.624,- m2, además de un sistema general adscrito de: 5.215 m2.
Polígono 2 (se corresponde a la fase B): 41.528,- m2.
No obstante, se admitirá, en relación a las anteriores superficies delimitadas en los planos
de estas NNSS, un margen de error del + 5 % .
Legislación local aplicable: NNSS de Porreres, ap. 10/Enero/98, y modificación puntual.
Parámetros de edificabilidad
Índice de edificabilidad bruto: 1,074 m2 techo/m2 de suelo
Porcentaje de solares edificables: 70% (Min. 40% en edificación aislada y máx. 30% en edificación continua).
Usos
Usos Industriales y de Servicios, de acuerdo con el artículo 127 de las NNSS. No obstante, el sistema general adscrito al polígono 1 podrá destinarse a espacios libres públicos e infraestructuras de acceso.
Gestión
Mediante Plan Parcial de cada Polígono de iniciativa privada por el sistema de gestión urbanística: Compensación. El sistema general adscrito formará parte de las cesiones públicas y gratuitas y formará parte del Proyecto de Compensación.
Ejecución: Proyecto de Urbanización de cada Polígono.
Dotaciones: en cada polígono al menos las previstas en la vigente Ley del Suelo, para suelos de uso industrial o terciario.
Condiciones de conexión: a definir en los correspondientes Planes Parciales.
Condiciones de ambiente y estética: según artículo 128 de las NNSS.
Condiciones de parcelación y edificación:
Las condiciones de edificación y parcelación serán las siguientes:
- Parcela mínima: 1.000 m2., en edificación aislada y 800 m2., en edificación continua.
- Dimensiones mínima fachada/fondo: 15/30 m.
- Retranqueos mínimos a vías, áreas públicas, medianeras y fondos: 3,00 m.
- Ocupación máxima: 60% en edificación aislada y 70% en edificación continua
- Edificabilidad máxima: 1,7 m2/m2
- Altura reguladora máxima: 12 m.(S+PB+2P)
- Altura total máxima: 15 m.
- Aparcamiento: 1 por cada 100m2 de edificación.
La publicación de este acuerdo se realiza a reserva de la aprobación del Acta.
Contra este acuerdo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a computar a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. Ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa
Palma, 29 de octubre de 2013
El secretario delegado
Jaume Munar Fullana