Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 19863
Notificación de diversas resoluciones de paralización del ejercicio de actividades de transporte marítimo turístico de pasajeros
De acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y dado que se desconoce el domicilio actual de las personas interesadas o que no se las ha podido localizar, por la presente se pone en conocimiento de las mismas las resoluciones del consejero de Turismo y Deportes de paralización del ejercicio de la actividad de transporte marítimo turístico de pasajeros, puesto que no han acreditado el cumplimiento de los requisitos legales para llevarla a cabo, establecidos en el artículo 8 de la Ley 11/201 , de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Islas Baleares.
Asimismo, se informa a los interesados que un ejemplar de la resolución está a su disposición en la Dirección General Puertos y Aeropuertos de la Consejería de Turismo y Deportes del Gobierno de las Islas Baleares (C / Uruguay, s / n - edif. Palma Arena 07010 Palma). Horario de atención al público: de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Núm. De expediente |
Empresa |
Fecha resolución |
DGPA-03/2013 |
IBICRUISER, SL |
27 de septiembre de 2013 |
DGPA-02/2013 |
AMARA MARINE LIMITED, SL |
18 de septiembre de 2013 |
Contra la presente Resolución —que agota la vía administrativa— podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Turismo y Deportes en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el BOIB de la presente Resolución, conforme al artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Asimismo, cabe interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el BOIB, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 9 de octubre de 2013
El jefe de servicio de transporte marítimo Dirección General de Puertos y Aeropuertos
Luis March Balle