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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 20127
Resolución del Consejero de Turismo y Deportes por la cual se somete a información pública el Anteproyecto de decreto por el cual se regula el Registro de Entidades Deportivas de la Illes Balears

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Texto

 La Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears, contiene en el título VI una serie de disposiciones genéricas sobre el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears.

 Actualmente, la norma que regula específicamente el Registro de Entidades Deportivas es el Decreto 23/1984, de 22 de marzo, por el cual se establece el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Este decreto ha sido desarrollado por la Orden del Consejero de Educación y Cultura de 9 de abril de 1984, por la cual se establecen las normas de funcionamiento del Registro de Asociaciones Deportivas.

 Asimismo, tanto el Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como el Decreto 33/2004, de 2 de abril, por el cual se regulan las federaciones deportivas de las Illes Balears, también contienen preceptos relativos al Registro de Entidades Deportivas.

 El período transcurrido desde la promulgación del Decreto y Orden citados, así como el nuevo marco normativo establecido por la actual Ley del Deporte de 2006 (que derogó la Ley 3/1995, de 21 de febrero, del Deporte Balear) evidencian la necesidad de adaptar la normativa que regula el Registro de Entidades Deportivas a este marco normativo.

 La finalidad de este decreto no es solamente regular los aspectos meramente internos del Registro (como la estructura y las reglas de funcionamiento) sino también otras cuestiones, como los requisitos y el procedimiento para inscribir una entidad deportiva, unificando así en un solo texto normativo lo que hasta ahora está regulado en el decreto regulador de cada tipo de entidad deportiva.

 Por todo ello, una vez redactado el Anteproyecto de decreto por el cual se regula el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 43.4 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 35, de 22 de marzo), dicto la siguiente

 

Resolución

 1. Someter el Anteproyecto de decreto por el cual se regula el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears a información pública durante un plazo de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOIB.

 2. Poner una copia del texto del Anteproyecto a disposición de las personas interesadas durante el plazo previsto en la sede de la Consejería de Turismo y Deportes, en la Dirección General de Deportes, situada en la calle Uruguay, s/n (Palma Arena) de Palma, de lunes a viernes y de 9 h a 14 h y en la web de la Consejería de la Turismo y Deportes (http://www.caib.es).

 3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 24 de octubre de 2013

 

El Consejero de Turismo y Deportes

Carlos Delgado Truyols