Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 19691
Disciplina DO-2011/190 Notificación Decreto excluir y requerir
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a PEDRO CAÑELLAS TRIAS i FRANCISCA CAÑELLAS TRIAS, expte. nº DO-2011/190, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a PEDRO CAÑELLAS TRIAS, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Le notifico que por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 10266, el día 11/06/13, acordó lo siguiente:
Visto el expediente de infracción urbanística incoado a los Sres. PEDRO CAÑELLAS RAMIS y FRANCISCA CAÑELLAS TRIAS ( props ) para la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la ZN Puntiró ( parcelación ) 24 A, RC 03400068 , consistentes en " construcción de una dependencia o casa separada de la principal de unos 80 m2 de superficie con cubierta de tejas a dos vertientes
Visto el informe del TAG del Servicio de 31.05.2013, que se transcribe en la parte dispositiva.
Vistos los artículos 31, 34, 87 y 89 de la Ley 30 /92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; los arts. 2, 26, 30 y 65 y siguientes de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística, los arts. 25. d 124 de la Ley 7/85 , de 2 de abril , de bases del régimen local ; el art. 146 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales , aprobado por Real Decreto 2568 /1986, de 28 de noviembre , los arts. 64 y 84 de la Ley 23 /2006, de 20 de diciembre , de Capitalidad de Palma , los arts. 29 y 105 de la Ley 20/2006 municipal y de régimen local de las Islas Baleares , los artículos 4.1.h , 4.2.e ) , 4.2.l ) , y 4.2.m ) y art . 18 ª del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, el jefe de servicio que suscribe considera que la presidenta del Consejo de la Gerencia , puede dictar el siguiente :
D E C R E T
1er. DEJAR SIN EFECTO el requerimiento de licencia y EXCLUIR los Sres. PEDRO CAÑELLAS RAMIS y FRANCISCA CAÑELLAS TRIAS (props) del expediente de demolición por la ejecución de obras sin licencia en la ZN Puntiró (parcelación) 24 A, RC 03400068 , consistentes en " construcción de una dependencia o casa separada de la principal de unos 80 m2 de superficie con cubierta de tejas a dos vertientes "
EN CONSIDERAR QUE
a) El expediente se ha dirigido frente a. Srs. CAÑELLAS y CAÑELLAS, dado que figuran como titulares del inmueble a los registros muncipales (IBI) .
b ) Solicitada información al registro de la propiedad , ha remitido la nota simple informativa de día 30/05/2013 , de acuerdo con la cual la finca registral 10172 del RP 9 de Palma correspondiente a la RC 07040A03400068002YX ( Lote 24 - A del Plan de la parcelación ) es de titularidad del Sr . JÖRG Hundertmark , desde los días 08/07/2008 y 10/12/12 .
c ) En el expediente no figura acreditada la intervención de los Sres. CAÑELLAS y CAÑELLAS en la ejecución de las obras objeto del expediente de demolición, ni que sean responsables de la demolición en cualquiera de los conceptos previstos legalmente , por lo que procede excluirlos de este expediente de demolición .
d) Asimismo, de acuerdo con el art. 25, 26, 30 y 65 y siguientes de la LDU , procede iniciar el expediente de demolición frente al propietario del inmueble , Sr. JÖRG Hundertmark .
2 º. REQUERIR al Sr. JÖRG Hundertmark (PROP) para que, en un plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, SOLICITE LICENCIA municipal de obras para las obras ejecutadas sin licencia en ZN Puntiró ( parcelación ) 24 a, RC 03400068 , consistentes en " construcción de una dependencia o casa separada de la principal de unos 80 m2 de superficie con cubierta de tejas a dos aguas " , así como cualquier otra obra o instalación realizada sin licencia . de acuerdo con el art. 25, 26 y 65 LDU . además de cualquier otro tipo de obras que se realicen en el emplazamiento citado, y justifiquen haber presentado la garantía o aval bancario por importe del 20 % del presupuesto de las obras que prescribe el artículo 65 de la ley 10/90 de la CAIB para garantizar el pago de las multas que se impongan y las medidas de restablecimiento de la realidad física alterada o la adecuación de las obras a la licencia otorgada .
Para poder tramitar la licencia y entender iniciado el cómputo legal para su resolución, es necesaria la presentación de la documentación completa y del aval mencionado, en virtud del art. 65 de la Ley 10 /90. Asimismo podrá dar lugar a la suspensión automática del procedimiento de demolición o reconstrucción en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30 /92 del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común por el tiempo que dure la resolución del otorgamiento / denegación de la licencia.
Una vez transcurrido el plazo otorgado para su legalización, se podrá proseguir con el procedimiento de demolición o reconstrucción según los artículos 65 y concordantes de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB.
3er. Designar como instructor y como secretario del expediente que se instruye por la infracción urbanística cometida al jefe de Servicio y al jefe del Negociado, respectivamente.
4 º. NOTIFICAR el Decreto a los interesados .
Todo lo cual le comunico como acto de trámite, para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 23 de octubre de 2013
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod