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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 19653
Servicio de Mercados. Aprobación provisional censo peticionarios mercados municipales temporales no artesanales 2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La concejala del Área delegada de Sanidad y Consumo, por delegación de la Alcaldía, el 17 de octubre de 2013, con el número 17951, dictó la resolución siguiente:

“PRIMERO. Ratificar el contenido de la Providencia de Alcaldía de 12-08-13 que establece los términos y condiciones para la renovación, con efectos 31-12-13, del censo de peticionarios de puestos de venta vacantes en los mercados municipales temporales no artesanales, conforme con las previsiones contenidas en el Título I de las vigentes Normas y Baremos de los mercados municipales temporales.

SEGUNDO. Aprobar provisionalmente, con referencia a 31 de diciembre de 2013, la renovación del Censo de peticionarios de puestos de venta vacantes de los mercados municipales temporales no artesanales “Baratillo”, “Pere Garau”, “Son Ferriol”, “Santa Catalina-Soler”, “S’Arenal”, “Ca’n Pastilla”, “Sa Vileta-Plaça Tarent”, “Es Coll den Rabassa”, “Rafal Nou” y “Son Fuster Vell”, agrupado por mercados en función de la línea de venta solicitada, y que comprende, entre otros datos, la puntuación obtenida según las circunstancias  personales y profesionales manifestadas por los solicitantes, con sujeción a los términos y condiciones tasados en la Providencia de Alcaldía de 12-08-13, en conexión con el Título I de las vigentes Normas y Baremos de los mercados municipales temporales.

El Censo tendrá vigencia desde 31 de diciembre de 2013 hasta el día 31 de diciembre de 2015. Se adjunta como anexo I de este Decreto, del cual forma parte íntegra.

Se adjunta así mismo, como Anexo II, la relación de excluidos por no ajustarse los peticionarios a las estrictas condiciones de la convocatoria, en los términos tasados en la providencia de Alcaldía de 12-08-13, en conexión con el Título I de las vigentes Normas y Baremos de los mercados municipales temporales.

TERCERO. Exponer el Censo en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, y publicar en el BOIB y en la web municipal la comunicación de esta exposición, para que cualquier interesado pueda presentar en el plazo máximo de 15 días, contados desde el día siguiente a la publicación, las reclamaciones o alegaciones que estime convenientes.

El Censo se entenderá definitivamente aprobado si, transcurrido el mencionado plazo, no se ha presentado ninguna alegación o reclamación.

CUARTO. Adoptar las medidas administrativas oportunas para la eficacia de esta resolución.”

 

Palma, 21 de octubre de 2013

La jefa del Departamento de Sanidad, Medio Ambiente y Consumo

p.d. Decreto de Alcaldía 22906/2011

(BOIB 187 de 15/12/2011)

Rosa Llinás Bosch