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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 19443
Resolución de la vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes, de 21 de octubre de 2013, relativa a la resolución de la convocatoria de subvenciones 2013 para dar apoyo a las ferias de artes escénicas que se realicen en Mallorca por entidades de administración local de Mallorca o los organismos públicos que dependen de ellas.

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Texto

"Antecedentes. 1. La Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca aprobó, el 24 de julio de 2013, la convocatoria de subvenciones 2013 por dar apoyo a las ferias de artes escénicas que se realicen en Mallorca por entidades de administración local de Mallorca o los organismos públicos que dependen de ellas.

2. La Comisión Evaluadora emitió la informe propuesta relativo a la resolución de la convocatoria de subvenciones 2013 para dar apoyo a las ferias de artes escénicas que se realicen en Mallorca por entidades de administración local de Mallorca o los organismos públicos que dependen de ellas.

3. El órgano instructor emitió el informe relativo al cumplimiento de los requisitos de las bases de la convocatoria mencionada por parte de los beneficiarios recogidos en el informe de la comisión evaluadora mencionada.

4. El Servicio Jurídico del Departamento de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes ha emitido informe favorable sobre los aspectos jurídicos de la propuesta del órgano instructor.

5. La existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 20.33430.46200 para atender a la concesión de las subvenciones propuestas resto acreditado en virtud de la RC con el nº. de referencia 22013/6591 por un importe de 50.000,00 €.

6. El secretario técnico, órgano instructor de la convocatoria señalada, propuso la resolución de la convocatoria en los términos recogidos en esta resolución.

7. La Intervenció General ha fiscalitzat de conformitat la proposta esmentada del secretari tècnic.

Fundamentos

1. La base decimocuarta establece que la Comisión Evaluadora es la encargada de estudiar y evaluar las solicitudes así como de fijar el importe de las subvenciones.

2. El tercer párrafo de la base octava recoge el siguiente:

"No obstante, no hay que establecer un orden de prelación entre las solicitudespresentadas que reúnen los requisitos de la convocatoria, mediante la aplicación de los criterios de la base decimotercera, cuando el crédito presupuestario sea suficiente para satisfacerlas."

3. El cuarto párrafo de la base octava mencionada establece que es el órgano instructor el encargado de dictar la propuesta de resolución de la convocatoria y, el vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deporte el encargado de resolver la convocatoria.

En virtut de todo lo que se ha expuesto y, de acuerdo con el apartado g) del artículo 2 del Decreto de organización del Consejo de Mallorca, RESUELVO:

1. Excluir, de acuerdo con la base primera (finalidades) y segunda (objeto) de la convocatoria, las solicitudes que se indican a continuación, dado que los proyectos culturales que se recogen no se adecuan al objeto de la convocatoria de subvenciones 2013 para dar apoyo a las ferias de artes escénicas que se realicen en Mallorca por entidades de administración local de Mallorca o los organismos públicos que dependen de ellas, es decir, no tienen la consideración de las ferias de artes escénicas:

- La solicitud del Ayuntamiento de Santa Margalida, con NIF P-0705500 GR, para llevar a cabo la Primera Muestra de Música y de Teatro.

- La solicitud presentada por el Ayuntamiento de Son Servera, titular del NIF P-0706200-C, relativo a la realización del proyecto cultural VII Festival Internacional de Clown y de humor "Son Serveraclown".

- La solicitud del Ayuntamiento de Santa Eugènia, titular del NIF P0705300B, para llevar a cabo la 14ª Muestra de Teatro de Santa Eugènia.

2. Conceder a la entidad que se indica más abajo una subvención total de 50.000,00 € y, disponer el gasto a favor suyo, a cargo de la partida presupuestaria 20.33430.46200, en virtud de la RC con el nº. de referencia 22013/6591, de acuerdo con el importe y para llevar a cabo el proyecto cultural que se indican a continuación, todo aquello de acuerdo con el establecido en las bases de la convocatoria de subvenciones 2013 para dar apoyo a las ferias de artes escénicas que se realicen en Mallorca por entidades de administración local de Mallorca o los organismos públicos que dependen:

- Entidad beneficiaria: el Institut Públic del Teatre Municipal de Manacor

- NIF: Q0700604B

- Proyecto: XVIII Feria de Teatro de Manacor (actividades realizadas del 12 de octubre al 30 de noviembre de 2013 incluido) y la Pre-Feria (mes de   octubre).

- Presupuesto subvencionable del proyecto: 83.500,00 €.

- Importe de la subvención: 50.000,00 €.

3. Ordenar la publicación en el BOIB.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Presidencia del Consejo de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de alzada.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante, se puede presentar cualquier otro recurso que sea pertinente. Todo, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Lo que se comunica para su conocimiento y a los efectos oportunos."

Palma, 21 d’octubre de 2013

El secretario técnico por delegación

(Decreto de 15 de mayo de 2013, BOIB nº. 74, de 25 de mayo)

José Carrillo Martínez