Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 19167
Resolución de la directora general de Medio Rural y Marino de 15 de octubre de 2013 por la cual se convocan los exámenes para obtener la tarjeta profesional de marinero pescador en las islas de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera
De acuerdo con el Real decreto 1519/2007, de 16 de noviembre, por el cual se establecen los conocimientos y requisitos mínimos para ejercer la actividad profesional de marinero en barcos de pesca; el Real decreto 1003/1999, de 11 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en materia de enseñanzas profesionales náuticopesqueras, y el Decreto 207/1999, de 17 de septiembre, por el cual se asumen y distribuyen las competencias transferidas por el Estado en materia de enseñanzas profesionales náuticopesqueras y, en el uso de las facultades conferidas por el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 15/2013, de 7 de junio, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dicto la siguiente
Resolución
1. Convocar los exámenes para obtener la tarjeta de marinero pescador, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución –que no agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Medio ambiente y Territorio en el plazo máximo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el BOIB, de acuerdo con lo que establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Palma, 16 de octubre de 2013
La directora general de Medio Rural y Marino
Margaret Mercadal Camps
Anexo1
1. Programa
El programa para obtener la tarjeta profesional de marinero pescador es el que establece en el anexo I del Real decreto 1519/2007, de 16 de noviembre, por el cual se establecen los conocimientos y requisitos mínimos para ejercer la actividad profesional de marinero en barcos de pesca, que se encuentra a disposición de las personas interesadas en la página web http://formacionp.caib.es.
2. Periodo de matrícula
Se abren dos períodos de matrícula para hacer el examen:
- El primer período es de 21 a 27 de octubre de 2013
- El segundo período es de 4 a 10 de noviembre de 2013
3. Forma de matrícula
La matrícula se llevará a cabo exclusivamente vía telemática, a través de la sede electrónica de la Dirección general de Medio Rural y Marino http://formacionp.caib.es > Oferta Formativa 2013 > Cursos o exámenes de títulos profesionales nauticopesqueros > Inscripción al examen de marinero pescador.
4. Documentación para presentar el día del examen
4.1 Para participar en los exámenes se debe presentar:
a) Justificando obtenido después de registrar el trámite de matrícula de forma telemática.
b) Original del DNI, NIE o tarjeta de residencia vigente.
c) Documentación que acredite que sabe nadar. Si no se acredita debidamente este hecho, se tiene que traer ropa de baño para hacer la prueba de natación pertinente y se tiene que abonar el importe correspondiente de la piscina municipal. Esta prueba es eliminatoria. La no-superación de esta o no acreditación de los conocimientos, implica la pérdida de la tasa y el derecho de examen.
4.2 La no presentación de alguno de los documentos indicados en el punto 4.1, implica la pérdida de la tasa y el derecho de examen.
5. Fechas y lugares de examen
Isla |
Fecha |
Lugar |
Hora |
---|---|---|---|
Mallorca |
02.12.2013 |
Centre Integrat de Formació Professional Nàutico Pesquera de Palma de Mallorca Dic de l’Oest, s/n 971700068 |
11.00h
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Menorca |
03.12.2013 |
Casa de la Mar de Maó Andana de Ponent, 112 07701 Maó 971352898 |
11.00h
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Eivissa |
04.12.2013 |
Fires i Congressos d’Eivissa (FECOEF) ctra. Eivissa-Sant Antoni Km. 1 07800 Eivissa 971 31 39 47 |
11.00h
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Formentera |
05.12.2013 |
Casa de la Mar de Formentera Port de la Savina, s/n 07870 Formentera 971322531 |
11.00h
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Mallorca |
16.12.2013 |
Centre Integrat de Formació Professional Nàutico Pesquera de Palma de Mallorca Dic de l’Oest, sn 971700068 |
11.00h
|
Menorca |
17.12.2013 |
Casa de la Mar de Maó Andana de Ponent, 112 07701 Maó 971352898 |
11.00h
|
Eivissa |
18.12.2013 |
Fires i Congressos d’Eivissa (FECOEF) ctra. Eivissa-Sant Antoni Km. 1 07800 Eivissa 971 31 39 47 |
11.00h
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Formentera |
19.12.2013 |
Casa de la Mar de Formentera Port de la Savina, s/n 07870 Formentera 971322531 |
11.00h
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6. Tribunales
6.1 El tribunal que tiene que juzgar las pruebas para obtener la tarjeta profesional de marinero pescador está formado por los miembros siguientes:
a) Titulares
- Presidente: Gabriel Pintos Amengual
- Secretario: Francesca Cerdà Santacreu
- Vocal: Francisco Javier Fuster Olives
b) Suplentes
- Presidente suplente: Francesca Cerdà Santacreu
- Secretario suplente: Francisco Javier Fuster Olives
- Vocales suplentes: Maria Isabel Llull Zurita, Francesca Cerdà Santacreu
6.2 El presidente puede proponer a la directora general de Medio Rural y Marino la colaboración de una persona especialista en la materia.
6.3 Los miembros del tribunal y el personal colaborador tienen derecho a percibir las indemnizaciones que prevé el Decreto 54/2002, de 12 de abril, por el cual se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Islas Baleares, sin perjuicio de las dietas que los puedan corresponder.
7. Tipo de examen
7.1 El examen es de tipo test. Consta de 40 preguntas con 4 posibles respuestas y con una duración de 50 minutos. De las 40 preguntas, 28 son de la rama de náutica y 12 de la rama de pesca.
7.2 Para superar el examen, se tienen que haber acertado 30 respuestas. No se penalizan los errores.
8. Resultados del examen
8.1 El mismo día del examen se informará de los resultados. A continuación, por orden de lista, se iniciará la revisión del examen de quien lo solicite.
8.2 Una vez finalizada la revisión, se publicarán las calificaciones definitivas en la página web de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio (http://formacionp.caib.es) y en el tablón de anuncios de la Dirección general de Medio Rural y Marino.
9. Interposición de recursos
Contra las cualificaciones definitivas –que no agotan la vía administrativa- se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Medio ambiente y Territorio en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado la lista definitiva, de acuerdo con lo que establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
10. Recogida de la tarjeta profesional de marinero pescador
Las personas que hayan superado el examen pueden recoger la tarjeta profesional de marinero pescador cuando hayan transcurrido 20 días de haberse publicado la lista definitiva en los lugares siguientes, en función de donde hayan realizado el examen:
Isla de Mallorca
Dirección general de Medio Rural y Marino
C/ Reina Constanza, 4
07006 - Palma
Isla de Menorca
Consell Insular de Menorca
Plaza de la Biosfera, 5
07701 - Maó
Isla de Ibiza
Consell de Ibiza
Avenida de España 49
07800 - Ibiza
Isla de Formentera
Consell Insular de Formentera
Plaza de la Constitución, 1
07860 - Sant Francesc Xavier