Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 19150
Resolución de revocación parcial de la tercera anualidad (2.011), exp. 65/2009, una subvención relativa a la línea de ayudas para el Fomento de la Agricultura Ecológica, correspondientes al año 2.009
Publicación de la Resolución de revocación parcial de la tercera anualidad (2.011) , del Vicepresidente del FOGAIBA, de día 16 de mayo de 2.013, por la que se revoca parcialmente la Resolución del Vicepresidente del FOGAIBA, de día 17 de octubre de 2.011, que concedía a (datos personales ocultos), una subvención relativa a la línea de ayudas para el Fomento de la Agricultura Ecológica, correspondientes al año 2.009.
Según el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y teniendo en cuenta que no se ha localizado al destinatario; mediante este anuncio se notifica a (datos personales ocultos), la Resolución del Vicepresidente del FOGAIBA, de día 16 de mayo de 2.013, por la que se declara revocar parcialmente la Resolución del Vicepresidente de día 17 de octubre de 2.011, por la que se concedía al interesado una subvención relativa a la línea de ayudas para el Fomento de la Agricultura Ecológica.
Informar al interesado que, en fecha de 16 de mayo de 2.013, el Vicepresidente del FOGAIBA resolvió revocar parcialmente la Resolución de día 17 de octubre de 2.011 de concesión de la ayuda solicitada a favor del interesado, por la que se le concedía una ayuda por un importe de 696,23 euros anuales, por un período de cinco anualidades con la siguiente distribución: 243,68 euros a cargo de la línea FEADER y 452,55 euros a cargo del presupuesto del FOGAIBA, para el expediente AE 65/2009, en el marco de la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de día 30 de enero de 2.009, por la que se establecían las bases generales y la convocatoria de las ayudas para el Fomento de la Agricultura Ecológica, para el año 2009; el interesado dentro del plazo legalmente establecido presentó la solicitud de pago de la tercera anualidad (2.011) así como la documentación exigida, pero revisada ésta, se comprueba que el pago debe reducirse a la cantidad de 63,29 euros ya que,
Por lo que la tercera anualidad (2.011) después de la reducción, queda distribuida de la siguiente manera 22,15 euros a cargo de la línea FEADER y 41,14 euros con cargo al presupuesto del FOGAIBA del año 2.011.
Notificar al interesado esta Resolución, diciéndole que contra ésta se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente notificación, conforme lo establecido en el artículo 58.4 de la ley 3/2003, de 26 de marzo, del régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
También, notificar al interesado que el expediente permanece a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, calle Reina Constança, 4, de Palma.
Palma, 04 de octubre de 2.013
El director gerente del FOGAIBA
Joan Simonet Pons