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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 19092
Disciplina DO-2007/330 Notifiación acuerdo CGU 03/09/13
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a Christine Emma Ursula Varnhorn, exp. nº DO-2007/330, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Jiang Xuejiang, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Le notifico que, por acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de fecha 09/03/2013 , se ha dispuesto lo siguiente :
En fecha 04.10.2011 el Consejo de Gerencia de Urbanismo ordenó a Christine Emma Ursula Varnhorn la demolición de las obras situadas en la calle Torrent , 3 bj 1, RC 08602501003 , consistentes en : " Cierre con vidrieras sobre la terraza , 70 m2 y cubierta prefabricada metálica " .
Visto el informe del TAG 07/10/2013 , que indica :
"En fecha 04.10.2011 el Consejo de Gerencia de Urbanismo ordenó a Christine Emma Ursula Varnhorn la demolición de las obras situadas en la calle Torrent , 3 bj 1, RC 08602501003 , consistentes en : " Cierre con vidrieras sobre la terraza , 70 m2 y cubierta prefabricada metálica " .
En fecha 23/05/2013 el celador municipal ha elaborado un nuevo informe que indica :
" Consultados los archivos informáticos de esta Unidad , el que suscribe reconoce que existe un error , la instalación se encuentra situada en los locales situados en la C / Torrent , n . 5- 1 - 4a y 5a , donde existe un restaurante llamado FELLINI " .
Además, el citado informe indica que el propietario del inmueble donde se ubican las obras denunciadas no es Christine Emma Ursula Varnhorn , sino el Sr. Jiang Xuejiang .
Dado que el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común establece que : " 2 . Asimismo, las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento , de oficio oa instancia de los interesados , los errores materiales , de hecho o aritméticos existentes en sus actos . "
En consecuencia, hay ;
1 . ARCHIVAR el expediente de demolición DO 2007/330 visto el error en la situación de las obras y la identificación del propietario .
2 . REQUERIR al Sr. Jiang Xuejiang para que solicite licencia en el plazo de dos meses para las obras realizadas sin licencia en C / Torrent , n . 5- 1 - 4a y 5a consistentes en: " Cierre con vidrieras sobre la terraza, 70 m2 y cubierta prefabricada metálica " . "
Dado los artículos 113 , 116 y 117 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común , los artículos 121 y siguientes de la Ley 7/1985 , de 2 de abril , reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 4.1.h , 4.2.ey 4.2.l del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma , el técnico que suscribe considera que el Consejo de la Gerencia puede dictar el siguiente :
ACUERDO
1. ARCHIVAR el expediente DO 2007/330 incoado a Christine Emma Ursula Varnhorn por las obras realizadas en C / Torrent, 3 bajos, visto el error cometido en la situación de las obras y la identificación del propietario.
2 º . REQUERIR al Sr. Jiang Xuejiang ( X- 1457226 -S ) para que solicite licencia en el plazo de dos meses para las obras realizadas sin licencia en C / Torrent , n . 5- 1 - 4a y 5a consistentes en : " Cierre con vidrieras sobre la terraza , 70 m2 y cubierta prefabricada metálica " , en cumplimiento de lo exigido por los artículos 2 , 26 y 65 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y 255 de las Normas urbanísticas vigentes , así como lo previsto en el artículo 4.2.l del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo .
Si transcurrido el plazo de dos meses, el interesado no hubiere do la licencia municipal de obras , el Consejo de Gerencia de Urbanismo , tras la propuesta formulada por el instructor del expediente , acordará la demolición o restitución al estado físico y jurídico anterior de las obras ejecutadas a costa del interesado y procederá a impedir definitivamente los usos a los que diera lugar. Se procederá de la misma manera si la licencia fuera denegada por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las Normas urbanísticas.
La solicitud de la licencia , dará lugar a la suspensión automática del procedimiento de demolición o reconstrucción en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30 /92 del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común por tiempo que dure la resolución del otorgamiento / denegación de la licencia .
3 º . Designar como instructor y como secretario del expediente que se instruye por la infracción urbanística cometida al jefe de Servicio y al jefe de negociado , respectivamente .
4 º . Advertir a los promotores , los propietarios, los constructores y los directores técnicos de las obras , que según lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre , de disciplina urbanística de la CAIB , independientemente de la resolución de demolición o de reconstrucción , las infracciones urbanísticas cometidas contra lo dispuesto en esta Ley, darán lugar a la imposición de sanciones pecuniarias . Las multas que puedan corresponder se adoptarán a propuesta del instructor por el órgano actuante, previas las formalidades previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo y como continuación al expediente de demolición o reconstrucción instruido , así como que se podrá dar cuenta los tribunales de justicia , visto el artículo 319 y siguientes del vigente Código Penal .
5 º. NOTIFICAR la presente resolución a los interesados.
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes , contado desde el día siguiente de la publicación del presente edicto . En este caso, no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30 /92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente que se ha interpuesto. En este caso queda expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. 116 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998 , de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia , según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998 , en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto , todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere pertinente .
Respecto al segundo punto de Requerimiento de licencia, se lo comunico como acto de trámite, para su conocimiento y efectos oportunos.
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 10 de octubre de 2013
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod