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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA

Núm. 19006
Notificación expediente sancionador por supuesta infracción de la ordenanza de residuos urbanos

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Texto

Dado que no se ha podido realizar la notificación de la propuesta de resolución de expediente sancionador al Sr. Rafael Juan Llompart Buades al Diseminado Polígono 10 Parcela 91 de Sencelles, a pesar de que se ha intentado comunicar por vía notificación directa, por correo certificado a dicha dirección, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se procede a su notificación y se hace constar que: dado que mediante decreto de Alcaldía de fecha 30 de julio de 2012, se acordó la iniciación de expediente sancionador por supuesta infracción de la ordenanza de residuos urbanos contra D. Rafael Juan Llompart Buades por realizar vertidos incontrolados de residuos no peligrosos en el camino de Can Pallès, a la altura del paso de las antiguas vías del tren de este término municipal. Visto el informe por parte de la Policía Local según el cual en fecha 5 de julio de 2012, y por parte de D. Rafael Juan Llompart Buades se ha incumplido la ordenanza de residuos urbanos. En el plazo otorgado no se ha presentado ningún tipo alegación por la parte interesada. Dado los artículos 11, 26 y 28 de la ordenanza municipal de residuos urbanos, la sanción correspondiente se cuantifica desde 300,01 hasta 1.500,00 €. Dado que la actuación es constitutiva de una infracción tipificada en los artículos 17, 20 y 26 de la normativa municipal de residuos urbanos, calificada como grave. Dado lo previsto en el artículo 10.2 segundo párrafo del RD. 1398/1.993, de 4 de agosto, art. 5 del Decreto Autonómico, 14/1.994, de 10 de febrero, y el artículo 32 la ordenanza de residuos urbanos (potestad sancionadora) y demás normativa concordante, en relación a las atribuciones de la alcaldía. Dado que no se ha presentado ninguna alegación, por todo ello, y visto, además de los mencionados, los artículos de general aplicación, el instructor que suscribe formula la siguiente Propuesta de Resolución: 

Primero.- Tipificación. Declarar responsable a D. Rafael Juan Llompart Buades de una infracción consistente en la realización de vertidos incontrolados de residuos no peligrosos en el camino de Can Pallès, a la altura del paso de las antiguas vías del tren de este término municipal.

Segundo.- Calificación. Calificar la infracción mencionada como grave.

Tercero.- Sanción. Imponer la sanción de mil quinientos euros a D. Rafael Juan Llompart Buades en calidad de responsable de la infracción mencionada.

Cuarto.- Notificación. Notificar la presente propuesta de resolución al interesado en forma reglamentaria, a los efectos oportunos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, el interesado dispondrá de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, para formular alegaciones y presentar los documentos u otros elementos de juicio que considere pertinentes; asimismo dentro del plazo mencionado el interesado podrá consultar el expediente con la asistencia, en su caso, de los asesores que precise. El interesado podrá obtener copias de los documentos que contenga el expediente en los términos legal o reglamentariamente establecidos.

 

Santa Eugenia , a 17 de mayo de 2013

 

El Alcalde,

 Guillem Crespí Sastre