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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 18827
Resolución de la presidenta del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 7 de octubre de 2013 por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de medicina del trabajo del Hospital Son Llàtzer

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Texto

Hechos

1. Por medio de la Resolución del director gerente de la Fundación Hospital Son Llàtzer de 13 de diciembre de 2010 se convocó un proceso selectivo para acceder en las plazas vacantes de personal laboral fijo de la categoría facultativo/facultativa especialista de medicina del trabajo.

2. Por medio de la Resolución de 19 de septiembre de 2013 se aprobó la lista de personas aspirantes que habían superado este proceso y se dio un plazo de veinte días hábiles para que presentasen la documentación requerida y, las que así lo quisieran, solicitasen integrarse como personal estatutario fijo.

3. Una vez agotado dicho plazo, se ha revisado la documentación aportada por cada persona aspirante y se ha determinado que es adecuada.

Fundamentos de derecho

El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de noviembre de 2010 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 4 de noviembre de 2010 por el que se establecen el proceso y las condiciones de la oferta de integración en la condición de personal estatutario fijo que se hará al personal funcionario de carrera y al personal laboral fijo adscrito a centros, establecimientos o servicios gestionados por el Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB n.º 167/2010, de 18 de noviembre).

Por ello, de conformidad con la disposición transitoria primera del Acuerdo, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Nombrar como personal estatutario fijo de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de medicina del trabajo con efectos de la toma de posesión a las personas siguientes:

- Láinez Ibáñez, María Pilar (DNI 17692849F)

2. Antes de tomar posesión de la plaza, cada persona aspirante debe hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que lleva a cabo ninguna actividad en el sector público de las comprendidas en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si lleva a cabo alguna actividad privada —incluidas las de carácter profesional—, debe declararlo en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la fecha de la toma de posesión para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.

3. De conformidad con el punto 11 del Acuerdo, ninguna de las personas aspirantes puede ser admitida en el primer proceso de movilidad voluntaria (concurso de traslado) que se convoque después de la efectividad de la integración como personal estatutario fijo de la categoría de que se trate.

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el web del Hospital Son Llàtzer.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Palma de Mallorca, 7 de octubre de 2013

 

El director general

Miquel Tomás Gelabert