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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 18792
Resolución del director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos de 7 de octubre de 2013 por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso administrativo, derechos fundamentales núm. 3/2013, interpuesto por el Sindicato de Trabajadores Intersindical de las Islas Baleares (STEI)

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Texto

Hechos

El Sindicato de Trabajadores Intersindical de las Islas Baleares ( STEI ) ha interpuesto un recurso contencioso administrativo, actuaciones número 3/2013 que se siguen por el procedimiento derechos fundamentales en el Juzgado Contencioso- Administrativo número 2 de Palma, contra las dos resoluciones de 10 de septiembre de 2013, publicadas en el BOIB número 126, de 12 de septiembre de 2013, la primera es la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de 10 de septiembre de 2013, por la que se establecen los servicios mínimos en el ámbito del personal docente de la enseñanza privada sostenida con fondos públicos, con motivo de la huelga convocada para los días 16, 17 , 18 , 19 y 20 de septiembre de 2013 y la segunda es la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de 10 de septiembre de 2013 por la que se establecen los servicios mínimos en el ámbito del personal docente público no universitario, con motivo de la huelga indefinida convocada a partir del día 16 de septiembre de 2013.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción.

2. El artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Por ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Emplazar a los interesados en el recurso contencioso administrativo, actuaciones núm. 3/2013, que se siguen por el procedimiento derechos fundamentales en el Juzgado Contencioso - Administrativo, núm. 2 de Palma, con el fin de que sirva como emplazamiento a las personas interesadas para que puedan personarse como demandadas ante este Juzgado en el plazo de nueve días desde la fecha de publicación de esta resolución.

2. Comunicar a las terceras personas interesadas que si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte sin que por ello pueda retrotraerse ni interrumpirse el procedimiento y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacer -notificación alguna.

Palma,  7 de octubre de 2013

El director general de Planificación, Infraestructuras Educativas i Recursos Humanos

Bartolomé Isern Lladó