Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 17952
Procedimiento ordinario 0000251/2010 Sobre otras materias
En el presente procedimiento seguido a instancia de MUSAAT MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA MUSAAT frente a JAVIER FERNANDEZ GARCIA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA
En la ciudad de Palma de Mallorca, jueves 29 de noviembre de 2012
Vistos por mí, Catalina Asela Munar Fons, Juez Sustituta en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de los de esta ciudad y su partido, los autos de juicio de Ordinario nº 300/11 a instancia del Procurador Doña Carmen Gayá Font, en nombre representación de MUSAAT, y defendida por el Letrado D. Jaime Uña Llorens, contra D. JAVIER FERNANDEZ GARCIA, declarado en rebeldía, sobre RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES SOCIALES.
FALLO
Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta a instancia de MUSAAT CONTRA D. JAVIER FERNÁNDEZ GARCÍA, declarado en rebeldía,
DEBO CONDENAR Y CONDENO el demandado D. JAVIER FERNANDEZ GARCIA, (en su condición de administrador único de EDICONFER SL), al pago de:
a) la suma de DIEZ MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (10.557’43 €), en concepto de principal;
b) Los INTERESES desde la fecha de presentación de esta demanda (7 de mayo de 2010), con el incremento de los intereses procesales del 576 LEC a partir de la fecha de la presente sentencia y hasta su completo pago.
c) Y CON expresa imposición de las COSTAS causadas en el presente juicio a la parte demandada.
Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma CABE INTERPONER RECURSO DE APELACION, en ambos efectos, que conforme al artículo 458 de la LEC (tras su redacción por la LEY 37/2011 DE 10 DE OCTUBRE, ‘DE MEDIDAS DE AGILIZACIÓN PROCESAL’ que entró en vigor el 2 de noviembre de 2011 conforme indica su Disposición Final Tercera -a los 20 días de su publicación en el BOE nº 245, de 11 de octubre de 2011-, y en consonancia con su Transitoria Única), SE PRESENTARÁ DIRECTAMENTE ANTE ESTE JUZGADO EN EL PLAZO DE VEINTE DIAS contados a partir del siguiente a la notificación de la presente resolución (SIN LA ‘PREPARACIÓN PREVIA’ del artículo 457, NORMATIVA DEROGADA), en el que se deberá exponer las alegaciones en que basen la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugnan, para su posterior sustanciación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. Para su interposición será necesario acompañar el resguardo de 50 euros exigido por la Disposición Adicional 15ª de la LO 1/2009 de 3 de noviembre, sin cuyo requisito no se le dará trámite.
Y encontrándose dicho demandado, JAVIER FERNANDEZ GARCIA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a dos de Septiembre de dos mil trece.
EL SECRETARIO JUDICIAL