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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 18798
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de octubre de 2013 por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2014 en el ámbito de las Illes Balears

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Texto

 De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 98/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOE núm. 52, de 29 de febrero), y en el Decreto 31/1996, de 7 de marzo, de asunción y distribución de competencias transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo —ejecución de la legislación laboral— (BOIB núm. 35, de 19 de marzo), corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la substitución de fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, de regulación de jornadas, horas extraordinarias y descansos (BOE núm. 180, de 29 de julio), según la redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE núm. 267, de 7 de noviembre).

 Asimismo, el  artículo 2 del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 105, de 15 de agosto), dictado al amparo de lo dispuesto con carácter necesario en la normativa del Estado, determina que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo, puede substituir las fiestas señaladas en la letra d) del artículo 1 por otras que, por tradición, le sean propias, así como la posibilidad de substituir el descanso laboral del lunes de las fiestas que coinciden en domingo por otras que sean tradicionales en las Illes Balears.

 Por otra parte, se han consultado al respecto las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.

 Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Economía y Competitividad, en la sesión de 11 de octubre de 2013, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

 “Primero. Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica vigente, el calendario de los días festivos para el año 2014 en el ámbito de las Illes Balears, que son los que se relacionan a continuación:

1 de enero

Año Nuevo

Miércoles

6 de enero

Epifanía del Señor

Lunes

1 de marzo

Día de las Illes Balears

Sábado

17 de abril

Jueves Santo

Jueves

18 de abril

Viernes Santo

Viernes

1 de mayo

Fiesta del Trabajo

Jueves

15 de agosto

Asunción de María

Viernes

1 de noviembre

Todos los Santos

Sábado

6 de diciembre

Día de la Constitución

Sábado

8 de diciembre

Inmaculada Concepción

Lunes

25 de diciembre

Navidad

Jueves

26 de diciembre

Segunda fiesta de Navidad

Viernes

 Segundo. Dar cuenta del presente acuerdo al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de conformidad con la disposición final segunda del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 11 de octubre de 2013


 

El secretario del Consejo de Gobierno

Antonio Gómez Pérez