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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 18797
Corrección de dos errores advertidos en la versión castellana del anexo III del Decreto 37/2013, de 12 de julio, por el que se actualizan los precios públicos de los servicios académicos en las enseñanzas oficiales de la Universidad de las Illes Balears, publicado en el BOIB n.º 98, de 13 de julio

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Texto

 Se han advertido dos errores en la versión castellana del anexo III del Decreto 37/2013, de 12 de julio, por el que se actualizan los precios públicos de los servicios académicos en las enseñanzas oficiales de la Universidad de las Illes Balears (BOIB n.º 98, de 13 de julio).

 El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las administraciones pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

 En el ámbito autonómico, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la corrección de errores corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición y que se debe notificar o publicar de forma preceptiva cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.

 Por otra parte, el artículo 19.3 del Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears, señala que «cuando se trate de simples errores u omisiones materiales, que ya figuraban en el texto enviado para publicar y que no constituyen una modificación o una alteración del sentido de los textos, cuya rectificación se estime conveniente para evitar posibles confusiones, debe hacer la rectificación el órgano del que emane el texto y debe reproducirse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en todo o en parte, con las correcciones apropiadas».

 Por todo eso, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, en la sesión de 11 de octubre de 2013, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

 

Primero

 Corregir los errores advertidos en los puntos 1 y 2.3 del anexo III de la versión castellana del Decreto 37/2013, de 12 de julio, por el que se actualizan los precios públicos de los servicios académicos en las enseñanzas oficiales de la Universidad de las Illes Balears (BOIB n.º 98, de 13 de julio), en el sentido siguiente:

Donde dice:

 1. Másteres que habilitan para ejercer actividades profesionales reguladas en España.

 1.1. Máster en Formación del Profesorado:

 Precio por crédito de primera matrícula: 27,10 euros

Precio por crédito a partir de la segunda matrícula: 40,66 euros

 1.2. Máster en Práctica Jurídica:

 Precio por crédito de primera matrícula: 29,45 euros

Precio por crédito a partir de la segunda matrícula: 44,18 euros

 1.3. Máster en Abogacía:

 Precio por crédito de primera matrícula: 29,45 euros

Precio por crédito a partir de la segunda matrícula: 44,18 euros

 

 Debe decir:

 1. Másteres que habilitan para ejercer actividades profesionales reguladas en España.

 1.1. Máster en Formación del Profesorado:

 Precio por crédito de primera matrícula: 27,10 euros

Precio por crédito a partir de la segunda matrícula: 40,66 euros

 1.2. Máster en Práctica Jurídica:

 Precio por crédito de primera matrícula: 29,45 euros

Precio por crédito a partir de la segunda matrícula: 44,18 euros

 

Donde dice:

 2.3. Máster con nivel de experimentalidad 3: Análisis, Planificación y Gestión en Áreas Litorales; Educación Inclusiva; Física; Intervención Socioeducativa con Menores y Familia; Políticas de Igualdad y Prevención de la Violencia de Género; Primera Infancia; Tecnología Educativa, y Relaciones Euromediterráneas.

 Precio por crédito de primera matrícula: 31,61 euros

Precio por crédito a partir de la segunda matrícula: 51,36 euros

 Debe decir:

2.3. Másteres con nivel de experimentalidad 3: Abogacía; Análisis, Planificación y Gestión en Áreas Litorales; Educación Inclusiva; Física; Intervención Socioeducativa con Menores y Familia; Políticas de Igualdad y Prevención de la Violencia de Género; Primera Infancia; Tecnología Educativa, y Relaciones Euromediterráneas.

 Precio por crédito de primera matrícula: 31,61 euros

Precio por crédito a partir de la segunda matrícula: 51,36 euros

 

Segundo

 Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 11 de octubre de 2013

 El secretario del Consejo de Gobierno

 Antonio Gómez Pérez