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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SES SALINES

Núm. 18678
Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal núm. 9, reguladora de la tasa por la expedición de documentos administrativos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

No habiendo presentado los interesados, durante el periodo de exposición al público ninguna reclamación contra el Acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza fiscal núm. 9, reguladora de la tasa per la expedición de documentos administrativos, adoptado en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 11 de septiembre de 2013, este acuerdo ha resultado definitivamente aprobado.

A continuación se publica el texto íntegro de la modificación:

“ORDENANZA FISCAL NÚM. 9, REGULADORA DE LA TASA POR LA EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINSITRATIVOS

Artículo 5º.- Cuota tributaria.

La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la naturaleza del servicio o actividad.

La cuota de tasa comprende la tramitación completa, en cada instancia, del documento o expediente de que se trate, desde su inicio hasta su resolución final, incluido, en su caso, la certificación y  notificación al interesado del acuerdo recaído.

Las tasas a aplicar serán les siguientes:

TIPO DE DOCUMENTO

EUROS

CERTIFICACIONES

 

Por cada folio o fracción de los certificados, o de las compulsas que se hagan de documentos que consten en el archivo municipal, que expida la Secretaria o Intervención o informes de la Alcaldía sobre los documentos o datos comprendidos dentro de los últimos 5 años

5,00

Por cada folio o fracción de los certificados, o de las compulsas que se hagan de documentos que consten en el archivo municipal, que expida la Secretaria o Intervención o informes de la Alcaldía sobre los documentos o datos de una antigüedad mayor a 5 años y hasta 10 años

10,00

Por cada folio o fracción de los certificados, o de las compulsas que se hagan de documentos que consten en el archivo municipal, que expida la Secretaria o Intervención o informes de la Alcaldía sobre los documentos o datos de una antigüedad mayor a 10 años

20,00

Certificados del Padrón municipal de habitantes que afecten al último padrón y que por tanto contienen datos iguales o posteriores al año 1997 (excepto certificados de viaje, que son gratuitos)

2,00

Certificados del Padrón municipal de habitantes que afecten a padrones anteriores al año 1997

25,00

Por autorizaciones paternas ante el Ayuntamiento o comparecencias

6,00

Por certificados acreditativos de la existencia y/o numeración de fincas que requieran visita

30,00

Por certificados acreditativos de la existencia y/o numeración de fincas que no requieran visita

10,00

Por certificaciones de final de obra de edificios y/o locales (% del presupuesto de la obra)

0,1%

Por informes sobre las características de terrenos

15,00

Por cada fotocopia de documento con la fotocopiadora municipal, por folio A4 en color

0,60

Por cada fotocopia de documento con la fotocopiadora municipal, por folio A4 en blanco-negro

0,40

Por cada fotocopia de documento con la fotocopiadora municipal, por folio A3 en color

1,00

Por cada fotocopia de documento con la fotocopiadora municipal, por folio A3 en blanco-negro

0,60

Por fotocopias superiores  a A3, de expedientes municipales, se repercutirá el coste que hayan supuesto para el Ayuntamiento, más una cantidad de 30 euros por expediente utilizado para fotocopiarse

30,00

Por cada certificado de  antigüedad de inmuebles

60,00

Por la autorización para cazar dentro de les cotos de titularidad municipal

40,00

Por la expedición de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

30,00

Certificaciones en general no comprendidas en los apartados anteriores y compulsas de documentos exhibidos, por primer folio útil

5,00

En el resto de folios

1,00

EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS

 

Informes sobre datos estadísticos, por cada uno

140,00

Certificaciones o informes urbanísticos y/o sobre edificación para la emisión de los cuales sea necesaria la intervención de técnicos de grado medio o superior

60,00

Convalidación de poderes

10,00

Certificaciones para la emisión de las cuales es necesaria la intervención de la Policía Municipal

30,00

Informes emitidos por el departamento de Servicios Sociales

30,00

Informe de la Policía Local sobre datos de los sucesos en los que han intervenido

30,00

Confección por la Policía Local de  extracto informativo en accidentes de tráfico que no sean requeridos por otra administración

30,00

Informes reagrupamiento familiar

30,00

AUTORITZACIONES Y LICENCIAS

 

Licencias o permisos de carácter temporal y con una duración inferior al año natural para la distribución de publicidad dinámica

150,00

Carnet para cada agente publicitario autorizado para la distribución de publicidad de mano,  anualmente

30,00

OTROS

 

Por la entrega de copias en CD o DVD

20,00

Derechos de examen (recursos humanos- incluye compulsas de documentos requeridos por la administración)

20,00

Artículo 6º.- Exenciones y reducciones.

Estarán exentos de las tasas reguladas en esta Ordenanza únicamente:

- Los documentos expedidos a instancia de Instituciones y Autoridades Civiles, Militares o Judiciales, para causar efecto en actuaciones de oficio.

- Las emitidas a petición de asociaciones sin ánimo de lucro, previa autorización de la alcaldía.

-Las fotocopias compulsadas de documento exhibidos que se hagan para aportar al Ayuntamiento en procesos de selección de personal, y que sean requeridos en las bases, a los aspirantes que hagan efectivo el concepto de derecho de examen (recursos humanos).”

Disposición final

La presente modificación de la Ordenanza entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears, estando en vigor hasta su modificación o derogación expresa.”

 

Ses Salines, 9 de octubre de 2013.

La Alcaldesa,
Maria Bonet Rigo.