Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 18660
Disciplina: DS-2011/7-01 Notificación desestimación recurso
Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Carmen Zaragoza Osuna, exp. nº. DS-2011/7-01 y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Carmen Zaragoza Osuna como copropietaria de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
Por decreto de Alcaldia num. 6808 de 23.04.2013, se ha dispuesto lo siguiente:
Vista la resolución de Alcaldía nº 96 de 08.01.2013 por la cual se impone una sanción de 13.196,37 € por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la Zona Can Valent (parcelación), 72, RC 27817072001
Visto el informe emitido el 11.03.2013 por el TAG del Servicio, que se recoge en la parte dispositiva de este decreto.
Vistos los artículos de general aplicación, los artículos 105, 106 i 108 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II, III y IV del decreto 14/1994 de 10 de febrero (BOCAIB nº 21 de 17-02-94), por el cual se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el art. 4-1-h) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 98 de 28/06/05); el arte. 21 y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, modificada por la Ley 57/03 de medidas para la modernización del Gobierno Local; el arte. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB , y vistos los decretos de Alcaldía núm. 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de Gobierno, de 13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía núm. 5309 de 26 de marzo de 2012, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, y otra normativa aplicable, la instructora que suscribe, considera que el Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda, podría dictar el siguiente:
D E C R E T O
1º- DESESTIMAR el recurso de reposición presentado el 05.03.2013 por la Sra. Carmen Zaragoza Osuna, contra la resolución de Alcaldía nº 96 de 08.01.2013 por la cual se impone una sanción de 13.196,37 € por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la Zona Can Valent (parcelación), 72, RC 27817072001, consistentes en: “Caseta auxiliar o garaje, de unos 30 m2 con cubierta de tejas a dos aguas y un porche detrás de una superficie aprox. de 30 m2 con cubierta de tejas. También se hacen obras en la fachada con un forrado de piedra”.
AL CONSIDERAR QUE:
El recurrente solicita se declare la caducidad del expediente y discrepa de la valoración de las obras.
Respecto a la disconformidad con la valoración efectuada, el recurrente no aporta ninguna documentación/valoración alternativa de las obras hechas sin la preceptiva licencia municipal, con el objetivo de desvirtuar la efectuada por los Servicios Técnicos Municipales.
El art. 23.1 del Decreto 14/94 de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la CAIB en el ejercicio de la potestad sancionadora, se establece el plazo de un año que tiene la Administración para resolver el procedimiento sancionador.
El presente expediente se inicia mediante el acuerdo del CGU de 17.07.2012 y finaliza con la notificación de la resolución de Alcaldía nº 95 realizada el 06.02.2013. En consecuencia cabe desestimar la caducidad alegada ya que la tramitación se ha realizado en los plazos legalmente establecidos.
EN CONSECUENCIA, los hechos alegados no desvirtúan las circunstancias probadas en la tramitación del presente procedimiento, es decir, la ejecución de obras sin la preceptiva licencia municipal, por tanto, se deben desestimar las alegaciones presentadas.
2º.- RATIFICAR el decreto recurrido en todos sus extremos.
Lo que le notifico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de acuerdo con los art. 109 de la Ley 30(92 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, art. 52 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y art. 45 y siguientes de la Ley 29/98 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso- administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administratico, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de esta publicación, ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere oportunos.
Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal, Av Amèrica, 11 (S’Arenal); OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol, Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí, c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).
Palma, 10 de octubre de 2013
La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios
(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod