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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 18649
Disciplina: DS-2000/382 Notificación propuesta sanción
Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Mia Coric, exp.núm. DS-2000/382 dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Mia Coric, de conformidad con las artes. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:
Que formula la Sra. Victoria Fernandez Irigaray, instructora del expediente sancionador, que se sigue contra la Sra. Mia Coric (NIE X1622355), en calidad de propietaria, de conformidad con lo dispuesto en los art.13, 14 y 15 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, así como arts. 35 a 39 y 72 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B
Visto que por el Consejo de Gerencia de Urbanismo de 13.11.2012, dispuso el inicio del procedimiento sancionador a Mia Coric en calidad de propietaria, por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la Pz. Coll 3, 1º, RC. 00103005, consistentes en: “colocación de tubo de desagüe y perforación de arco de piedra”.
Vistos los artículos de general aplicación, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II y III del decreto 14/1994 de 10 de febrero, la instructora que subscribe formula la siguiente propuesta de resolución:
AL CONSIDERAR QUE:
a) El informe de la celadora municipal de 24.01.2013 constata la retirada de las obras denunciadas
b) El informe de valoración de obras incluye erróneamente obras realizadas alrededor de la ventana gótica y que pertenece a otro expediente (DI-2000/517), por tanto cabe excluir de la valoración esta partida. La valoración de las obras denunciadas queda en 955,17 €.
c) Visto el artículo 46.1 de la Ley 10/90, que dispone: “Las infracciones que no puedan ser objeto de legalización o la legalización de las cuales comporte que se tenga que demoler una parte de la edificación, se debe sancionar con una multa del 5 al 10% del valor de la obra ejecutada cuando el infractor, antes de que se imponga la sanción, restituya la realidad física alterada a su estado anterior.”
2n.- PROPONER a la Sra. Mia Coric (NIE X1622355), en calidad de propietaria, la sanción de setenta y un euros con sesenta y cuatro céntimos (71,64 € euros, 7,5 % sobre la valoración efectuada, art. 46.1 de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB), todo ello por las obres descritas anteriormente, sin la preceptiva licencia municipal.
Le envío adjunta, propuesta de resolución para que de conformidad con el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, presente cuántas alegaciones, documentos u otros elementos que estimes oportunos en un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación del presente escrito, también puede consultar el expediente con la asistencia, en su caso, de los asesores que encuentre convenientes, y además, puede solicitar copia de los documentos que constan en el expediente en la forma legal o reglamentariamente establecida.
Una vez finalizado el mencionado plazo, se declarará terminada la fase de instrucción, y se cursará todo lo realizado al órgano competente para resolver el procedimiento de forma inmediata, de conformidad con lo que establece el art. 15 del mencionado decreto.
Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal, Av Amèrica, 11 (S’Arenal); OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol, Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí, c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).
Palma, 10 de octubre de 2013
La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios
(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod