Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS
Núm. 18529
Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos de 3 de octubre de 2013 por la cual se autorizan la validación y la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de parte del inmueble situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, a la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales (expte. DGTPFP/SP 307/2013)
Antecedentes
1. El Ayuntamiento de Palma cedió a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el edificio situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, por un período de 99 años, mediante un convenio subscrito el 15 de mayo de 1995 y aprobado por el Consejo de Gobierno día 4 de mayo de 1995.
2. En la sesión de 11 de mayo de 2001, el Consejo de Gobierno aprobó el texto de un convenio de cesión de uso de parte del edificio mencionado antes a favor de la Federación Balear de Familias con Enfermos Psicóticos (después de Familiares y Enfermos Mentales), y facultó al Consejero de Presidencia para firmarlo.
3. Día 16 de mayo de 2001, el entonces Consejero de Presidencia y el presidente de la Federación firmaron un convenio, junto con un acta de entrega, en virtud del cual la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cedía a la otra parte el uso de un espacio dentro del inmueble situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, por un período de cuatro años a contar desde el día 1 de junio de 2001 hasta el 31 de mayo de 2005, prorrogable expresamente en períodos de cuatro años.
4. El 23 de agosto de 2005, el entonces Consejero de Economía, Hacienda e Innovación dictó una Resolución por la cual se prorrogó el convenio de cesión gratuita de uso entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales de un espacio dentro del inmueble situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, por un período de cuatro años a contar desde el día 1 de agosto de 2005 hasta el día 31 de julio de 2009. La Resolución es va publicar en el BOIB núm. 132, de 6 de setiembre.
6. El 9 de febrero de 2011, el Consejero de Economía y Hacienda resolvió autorizar la validación y la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la parte del inmueble situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, que se cedió a la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales, por el período de tiempo que va desde el día 1 de agosto de 2009 hasta el día 31 de julio de 2013.
7. Mediante un oficio de la Secretaria General de la Consejería de Salud y Consumo, de 4 de setiembre de 2013 (con Registro de Entrada 5758/2013, de 27 de setiembre), se mandó toda la documentación necesaria al Servicio de Patrimonio para tramitar la prórroga de la cesión.
8. Aun cuando no se haya tramitado la prórroga en el momento y en la forma adecuada, se ha continuado manteniendo la cesión del inmueble con las mismas condiciones estipuladas en el convenio de cesión, motivo por el cual se ha de validar por el período transcurrido con tal de regularizar la situación existente y fijar la prórroga solicitada.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 61 y 62 de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Los artículos 124 i 125 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre).
3. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
4. El Decreto 15/2013, de 7 de junio (BOIB núm. 82, de 8 de junio), por el cual se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
5. El Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).
6. El Decreto 35/2013, de 21 de junio, por el cual se dispone el nombramiento del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 22 de junio).
Propuesta de resolución
Propongo al Consejero de Hacienda y Presupuestos que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Autorizar la validación y la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la parte del inmueble situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, que se cedió a la Federación Balear de Familiares y Enfermos Mentales, para el período de tiempo que va desde el día 1 de agosto de 2013 hasta el día 31 de julio de 2017.
2. Establecer, para la cesión, las características siguientes:
a) Se mantienen, para la cesión, las mismas características estipuladas en el convenio de cesión.
b) La cesión gratuita de uso comporta la obligación de la parte cesionaria de devolver el objeto de la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cuando se acabe la cesión.
c) Si los bienes y los derechos cedidos no se destinan al uso que prevé el acto que autoriza la cesión o dejan de destinarse a él posteriormente, la cesión se considerará revocada y revertirá a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que tiene derecho a percibir del cesionario, habiéndose hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o deterioros que hayan experimentado.
3. Notificar esta resolución a las partes interesadas.
4. Anotar la cesión gratuita en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Hacienda y Presupuestos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber sido publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber sido publicada la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma de Mallorca, 3 de octubre de 2013
El Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Miguel Miralles Sastre
Conforme con la propuesta. Dicto resolución.
El Consejero de Hacienda y Presupuestos
José Vicente Marí Bosó