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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 18390
Resolución de selección de los artistas o grupos profesionales de artes escénicas para participar en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM) 2013-2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 Os comunico que el Honorable Sr. Vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes, Joan Rotger Seguí, en fecha de hoy ha adoptado la siguiente resolución que transcribo literalmente a continuación:

ANTECEDENTES

El consejero de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes, mediante resolución de fecha 21 de mayo de 2013, modificada por resolución de fecha 3 de julio de 2013, aprobó las normas de selección de los artistas o grupos profesionales de artes escénicas para participar en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM) 2013-2014 (BOIB nº 76, 30 de mayo de 2013 y BOIB nº 96 de 9 de julio de 2013).

Vista el acta de la Comisión técnica, de fecha 25 de septiembre de 2013, de selección de los artistas o grupos profesionales de artes escénicas participantes en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM) 2013-2014, de acuerdo con los criterios recogidos en las normas de selección mencionadas.

Por todo eso, el vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes, haciendo uso de las competencias que le confieren el Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de fecha 15 de julio de 2011, corregido por decreto de 19 de julio de 2011, de 10 de octubre de 2011 y de 15 de marzo de 2012, y la legislación vigente de Régimen Local, procede a dictar la siguiente:

RESOLUCIÓN

1.   Seleccionar los artistas o grupos profesionales de artes escénicas, expresados en el Anexo 1 de la presente resolución como participantes en el Circuito de Artes Escénicas de Mallorca (CAEM) 2013-2014 de acuerdo con los criterios establecidos a las normas de selección (BOIB nº 76, de 30 de mayo de 2013, rectificado por BOIB nº 96, de 9 de julio de 2013).

2.   Publicar esta resolución en el BOIB.

Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa se puede interponer, el recurso de alzada ante la honorable Sra. Presidenta del C.I.M, en el plazo de UN MES, contando a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante de lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Palma, 3 de octubre de 2013

 

El secretario técnico de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes

José Manuel Carrillo Martínez

Documentos adjuntos