Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS
Núm. 18126
Aprobación definitiva acuerdo regulador del precio público para la prestación de servicios en las instalaciones deportivas
El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2013 aprobó definitivamente la modificación del precio público para la prestación de servicios en las instalaciones deportivas y su acuerdo regulador.
De conformidad con la legislación vigente, se publica íntegramente el mencionado acuerdo regulador:
ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PUBLICO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS
Artículo 1
Naturaleza, Objeto y Fundamento
De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación al artículo 41, ambos del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Sant Lluís percibirá el precio público para la prestación de servicios en las instalaciones deportivas municipales, que se regirá por la presente Ordenanza.
Artículo 2
Hecho Imponible
Constituye el hecho imponible del precio público, la recepción de los servicios y la utilización de las instalaciones deportivas municipales.
Artículo 3
Sujeto Pasivo
Están obligados al pago del precio público las personas destinatarias y por tanto sujetos pasivos: las personas que utilicen los servicios y las instalaciones deportivas municipales.
Artículo 4
Cuantía
Por la prestación de los servicios regulados en la presente normativa especifica, se establecen los siguientes precios públicos:
Matrícula niños y tercera edad: 8,00 euros.
Matrícula adultos: 15,00 euros.
(El precio de la matrícula incluye el seguro anual)
ESCUELAS INFANTILES
- 2 horas/semana : 15,00€/mes
- 3 horas/semana: 25,00€/mes
- 4 horas/semana: 30,00€/mes
- 7 horas/semana: 55,00€/mes
TENIS INFANTIL
- 1 hora/semana: 13,25€/mes
- 2 horas/semana: 26,50€/mes
- 3 horas/semana: 39,65€/mes
- 4,5 horas/semana: 59,50€/mes
ACTIVIDADES PARA PERSONAS ADULTAS
- 1 hora/semana : 12,50€/mes
- 1,5 horas/semana: 18,75€/mes
- 2 horas/semana: 25,00€/mes
- 3 horas/semana: 37,50€/mes
TENIS PARA PERSONAS ADULTAS
- 1 hora/semana: 25,40€/mes
- 1,5 horas/semana: 38,10€/mes
- 2 horas/semana: 50,80€/mes
· Añadiendo 5,00 euros a la cuota (actividades personas adultas) se podrán alquilar las pistas de tenis gratis (no incluye la luz)
· BONO PREMIUM: Actividad dirigida + Fitness: Añadiendo 10,00 euros a la cuota (actividades persones adultas)
· BONO PREMIUM PLUS: Todas las actividades (excepto tenis)+Fitness: 39,95€/mes
GIMNASIA PARA LA TERCERA EDAD
- 1 hora/semana: 3,80 euros/mes
- 2 horas/semana: 7,60 euros/mes
SALA DE FITNESS:
29,00 euros/mes
25,00 euros/bono 10 días (caduca a los 6 meses)
4,00 euros/día
ALQUILER DE INSTALACIONES
Pistas de Tenis Green Set: 1 hora menor 18 años: 4,15 euros
1 hora mayor de 18 años: 6,25 euros
1 hora de luz: 3,10 euros
Pistas de Tenis Hierba artificial: 1 hora menor 18 años: 6,20 euros
1 hora mayor de 18 años: 8,25 euros
1 hora de luz: 3,10 euros
CON CONVENIO
Pabellón: Pista Central :
Entrenamiento 1 hora: 24,45 euros 22,00 euros
Partido 1 hora: 26,85 euros 24,15 euros
Pabellón: 1/3 Pabellón:
Entrenamiento 1 hora: 14,25 euros 12,80 euros
Pista bádminton 1 hora: 4,85 euros
Sala 1/ Sala 2: 15,00 euros 13,50 euros
Campo de fútbol-7:
1 hora: 33,80 euros 30,40 euros
1 hora de luz : 5,15 euros
Campo de fútbol-11:
1 hora: 62,30 euros 56,05 euros
1 hora de luz: 10,30 euros
Campo Streetball: Gratuito
1 hora de luz: 1,85 euros
Pistas de petanca: Gratuito
1 hora de luz: 1,85 euros
Circuito natural: Gratuito
Pistas de Patinaje:
1 hora: 5,00 euros/hora por persona
30,00 euros grupo
Luz: Gratuito
Artículo 5
Bonificaciones
5.1.- Se podrán otorgar las siguientes bonificaciones:
- Un 20% de descuento para niños/as de mujeres viudas/hombres viudos, familias monoparentales y mujeres/hombres con cargas familiares, siempre y cuando sus ingresos sean inferiores al salario mínimo interprofesional.
- Un 15% a familias que tengan tres miembros inscritos en alguna escuela/actividad deportiva; se añadirá un 5% mas para cada miembro adicional más.
- Un 10% a niños/as inscritos a las Ludotecas del Molí de Baix.
- Previo informe del Área Social del Ayuntamiento, la Junta de Gobierno Local podrá aprobar las bonificaciones que aquel proponga para las actividades del área deportiva.
5.2- Quedaran exentos del pago del precio público las asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro dedicadas al fomento de las actividades deportivas e inscritas a tal efecto en el correspondiente Registro.
5.3.- Las bonificaciones y exenciones necesitaran para ser declaradas la previa solicitud de los sujetos pasivos.
Artículo 6
Liquidación e ingreso
El Ayuntamiento liquidará las cuantías con carácter anticipado, bien por curso o bien con carácter semestral, o mensual, dependiendo de la actividad y de la duración.
En el caso de que la persona usuaria efectúe mas horas de las previstas en esta Ordenanza, se liquidará la cuota de forma proporcional a los precios establecidos.
Tal y como establece el artículo 27 de la Ley 8/1989, de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos, las deudas por precios públicos podrán exigirse mediante el procedimiento administrativo de constreñimiento y conforme a la normativa vigente. En todo aquello no previsto expresamente en esta Ley, la administración y el cobro de los precios públicos se realizará de conformidad con lo previsto en la Ley General Presupuestaria y demás normas que resulten de aplicación a los mismos.
En el caso de que se acumulen dos recibos sin pagar, se notificará al usuario que quedará suspendido el ejercicio de la actividad en la que se encuentre matriculado, hasta que no proceda a la cancelación de la deuda pendiente.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente precio público será vigente una vez publicado en el BOIB y se mantendrá mientras no sea modificado o derogado expresamente.
Sant Lluís, 1 de octubre de 2013
Alcalde del Ayuntamiento de Sant Lluís
Cristóbal Coll Alcina