Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 18327
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de octubre de 2013 por el que se crea el Conservatorio Municipal de Felanitx, de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx
El 28 de marzo de 2007, el Ayuntamiento de Felanitx firmó el Convenio de colaboración con el Gobierno de las Illes Balears para la construcción de una escuela de música y danza en el municipio de Felanitx, donde se declara que es necesaria una acción conjunta para la construcción de la mencionada escuela de música y de forma especial que se pueda alcanzar el rango de Conservatorio Profesional, con lo cual se daría respuesta a las necesidades sociales de la zona y así poder mejorar la oferta de plazas de las enseñanzas elementales y profesionales de música y danza, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del capítulo I del Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE del 9 de abril), por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y de acuerdo con los requisitos del artículo 12 del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas, vigente para las enseñanzas elementales de acuerdo con la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, hasta que las administraciones educativas no regulen las enseñanzas elementales de música y de danza en su ámbito de competencias.
La ejecución de las obras se ha realizado durante los cursos 2007-08-09-10 y finalizó en el curso escolar 2010-2011. El pago de las obligaciones económicas derivadas de la contratación de las obras lo ha hecho efectivo el Ayuntamiento después de la presentación por parte de la entidad contratista de las certificaciones de obras correspondientes. Los pagos no podrán hacerse efectivos sin el visto bueno expreso de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades o del organismo encargado por el Gobierno de las Illes Balears. La codirección de las obras la han llevado a cabo los técnicos que han designado el Ayuntamiento de Felanitx y el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
El acta de recepción final de las obras de construcción fue firmada día 18 de febrero de 2011. Se ha verificado que el Conservatorio tiene la distribución de espacios adecuada para cumplir la finalidad que se describe.
Se ha comprobado la idoneidad de la titulación y acreditación de los profesionales docentes. También se ha verificado que el Conservatorio cumple el resto de los requisitos exigidos por el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28 de abril), y por el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE del 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica 8 /1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, en la sesión de 4 de octubre de 2013 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
“Primero. Autorizar con efectos desde el inicio del curso escolar 2013-2014 la creación del Conservatorio Elemental y Profesional de Música Conservatorio Municipal de Felanitx, de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx, y que queda configurado de la siguiente manera:
Código de centro: 07015215
Denominación genérica: Conservatorio Elemental y Profesional de Música
Denominación específica: Conservatorio Municipal de Felanitx
Titular: Ayuntamiento de Felanitx
Domicilio: c/ Rector Planes, 38
Población: Felanitx
Municipio: Felanitx
CP: 07200
Enseñanzas autorizadas:
Enseñanzas elementales y profesionales de música
Especialidades:
Oboe, Flauta travesera, Clarinete, Saxofón, Fagot, Trompeta, Trompa, Trombón,
Tuba, Percusión, Violín, Viola, Violonchelo, Contrabajo, Canto, Piano, Guitarra.
Número de plazas escolares: 280
La capacidad máxima no puede exceder el número de plazas escolares autorizadas.
Segundo. El Conservatorio Municipal tendrá adscritos a efectos administrativos las escuelas de música reconocidas que figuran en el anexo 1 de este acuerdo del Consejo de Gobierno, que le debe ofrecer apoyo en cuestiones técnicas, pedagógicas y de programación.
Tercero. El Conservatorio Municipal de Felanitx queda incluido dentro del ámbito de actuación del Departamento de Inspección Educativa, que debe velar por que el centro cumpla lo dispuesto en el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE del 9 de abril) y el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28 de abril), y le debe asesorar para que pueda alcanzar sus objetivos. Al principio de cada curso, el centro mencionado ha de elaborar el proyecto educativo del año académico. Este proyecto debe incluir los objetivos, el programa que ha de impartir y los datos referentes a los alumnos y al horario del centro, que se formalizará mediante el documento de organización de la escuela (DOE).
Al finalizar cada curso, el centro debe elaborar una memoria de actividades en la que debe hacer referencia al proyecto educativo desarrollado y a los programas impartidos. El proyecto educativo y la memoria se remitirán al Departamento de Inspección (DIE).
Cuarto. El Conservatorio Municipal está obligado a cumplir la normativa vigente referente a la titulación de los profesores destinados a las enseñanzas autorizadas mediante este acuerdo. En caso contrario, se procederá a la revocación de la autorización otorgada. Este requisito también se exigirá en caso de que haya un cambio de profesorado, del cual se informará a la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos.
Quinto. El Conservatorio Municipal cuya creación se autoriza mediante este acuerdo tiene que cumplir el Código Técnico de la Edificación (CTE), con la normativa de higiene y habitabilidad (Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, modificado por el Decreto 20/2007) y con las condiciones arquitectónicas que posibiliten el acceso y la circulación de las personas con problemas físicos (Decreto 110/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la supresión de barreras arquitectónicas). La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde a la titularidad del Conservatorio Municipal.
Sexto. Facultar a la consejera de Educación, Cultura y Universidades, a través de la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos, para que adopte las medidas necesarias para la ejecución de este acuerdo.
Séptimo. Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de Felanitx.
Octavo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 4 de octubre de 2013
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez
ANEXO 1
Escuelas reconocidas |
Municipio |
Código |
---|---|---|
ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA D’ARTÀ |
Artà |
EMDR070028 |
ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA DE CAMPOS |
Campos |
EMDR070022 |
ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA DE CAPDEPERA |
Capdepera |
EMDR070017 |
ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA DE PORRERES |
Porreres |
EMDR070036 |
ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA I DANSA DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR |
Sant Llorenç des Cardassar |
EMDR070009 |
ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA DE SANTANYÍ |
Santanyí |
EMDR070020 |
ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA I DANSA DE SON SERVERA |
Son Servera |
EMDR070024 |
ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA DE VILAFRANCA |
Vilafranca |
EMDR070026 |