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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 18116
Resolución de la Consejera de Hacienda y Función Pública, de 5 de septiembre de 2013, de modificación de la Resolución de 14 de marzo de 2013, de aprobación del acuerdo sobre jornada y horario de determinados puestos de trabajo de la Dirección Insular de Carreteras

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Texto

La Consejera Ejecutiva de Hacienda y Función Pública del Consejo de Mallorca, en fecha 5 de septiembre de 2013, ha dictado la siguiente resolución:

≪Visto el texto correspondiente a la modificación de la Resolución de la Consejera Ejecutiva de Hacienda y Función Pública, de 14 de marzo de 2013, de aprobación del acuerdo sobre jornada y horario de determinados puestos de trabajo adscritos a la Dirección Insular de Carreteras del Departamento de Urbanismo y Territorio del Consejo de Mallorca, publicada en el BOIB nº. 47, de 6 de abril de 2013.

Visto que el anterior texto ha sido sometido al proceso de negociación con las representaciones presentes en la Mesa general de Negociación Conjunta del personal funcionario y del personal laboral del Consejo de Mallorca, que ha finalizado sin acuerdo con la parte social, motivo por el cual corresponde a los órganos de gobierno de la Administración establecer las condiciones de trabajo, conforme prevé el artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Visto que se ha cumplido el trámite de audiencia de la Junta de Personal, previsto en el artículo 40.1.d) de la mencionada Ley 7/2007.

Visto el informe emitido por el Servicio Técnico de Recursos Humanos.

Visto que, de acuerdo con lo que prevé el artículo 6.h).17 del Decreto de 15 de julio de 2011, de organización del Consejo de Mallorca, corresponde a la Consejera Ejecutiva de Hacienda y Función Pública la adopción de la correspondiente resolución para su aprobación.

Por eso, en uso de las atribuciones conferidas, dicto la siguiente resolución:

Primero. - Aprobar la modificación de la Resolución de la Consejera Ejecutiva de Hacienda y Función Pública, de 14 de marzo de 2013, de aprobación del acuerdo sobre jornada y horario de determinados puestos de trabajo adscritos a la Dirección Insular de Carreteras del Departamento de Urbanismo y Territorio del Consejo de Mallorca, publicada en el BOIB nº. 47, de 6 de abril de 2013, que se transcribe a continuación:

En el segundo párrafo del apartado primero, allí donde dice:

"Para los puestos de trabajo de la Dirección Insular de Carreteras que tienen jornada 1, jornada 6 y jornada 19 con plena dedicación hasta 1.759 horas (1.650 horas + 109 horas), en cómputo anual, y que forman parte del Servicio de Emergencias; teniendo en cuenta las particularidades de este servicio y el histórico del total de incidencias anuales resueltas, se establece un fijo de 218 horas, en cómputo anual, correspondientes al tramo de jornada de 1.541 horas a 1.759 horas, para los coordinadores de emergencias y de 109 horas, en cómputo anual, correspondiente al tramo de jornada de 1.650 a 1.759 horas, para el resto del personal de los equipos de emergencias, que se imputarán a la resolución de todas las incidencias que gestiona el Servicio de Emergencias, independientemente de las horas efectivamente realizadas en un año natural, en la resolución de las incidencias correspondientes al mencionado servicio. Por lo tanto, la percepción del concepto de ampliación de jornada estará estrictamente vinculada a la inclusión del personal afectado en el organigrama del Servicio de Emergencias, que será de 6 coordinadores, 9 capataces y 48 miembros de equipo."

Debe decir:

"Para los puestos de trabajo de la Dirección Insular de Carreteras que tienen jornada 1, jornada 6 y jornada 19 con plena dedicación hasta 1.759 horas (1.650 horas + 109 horas), en cómputo anual, y que forman parte del Servicio de Emergencias; teniendo en cuenta las particularidades de este servicio y el histórico del total de incidencias anuales resueltas, se establece un fijo de 109 horas, en cómputo anual, correspondientes al tramo de jornada de 1.650 a 1.759 horas, para los jefes de equipos y los operarios de los equipos de emergencias y un fijo de 218 horas, en cómputo anual, para la plena dedicación hasta las 1.868 horas (1.650 + 218 horas) correspondientes al tramo de jornada de 1.650 horas a 1.868 horas para los coordinadores de emergencias, que se imputarán a la resolución de todas las incidencias que gestiona el Servicio de Emergencias, independientemente de las horas efectivamente realizadas en un año natural, en la resolución de las incidencias correspondientes al mencionado servicio. Por lo tanto, la percepción del concepto de ampliación de jornada estará estrictamente vinculada a la inclusión del personal afectado en el organigrama del Servicio de Emergencias, que será de 6 coordinadores, 9 jefes de equipos y 50 operarios."

En el párrafo quinto del apartado primero, allí donde dice:

"Por lo tanto, a efectos de cómputo anual de la jornada 1 y 19, para los coordinadores de emergencias y para encargados de las zonas 1, 2 y 3 del Servicio de Explotación y Conservación, 1.541 horas serán hechas a razón de 7 horas diarias de jornada habitual."

Debe decir:

"Por lo tanto, a efectos de cómputo anual de la jornada 1 y 19, para los encargados de las zonas 1, 2 y 3 del Servicio de Explotación y Conservación, 1.541 horas serán hechas a razón de 7 horas diarias de jornada habitual."

Segundo. - La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.≫

 

Palma, 24 de septiembre de 2013

 

EL SECRETARIO TÉCNICO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

(Por delegación de la consejera ejecutiva de fecha 16/09/2013)

Maties Veñy Orell