Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Núm. 17859
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado – Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con el Decreto ley 2/2013, de 14 de junio, de medidas urgentes en materia de movilidad intraadministrativa temporal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
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Contenido, oficial y auténtico, de la disposición:
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La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente Acuerdo:
- Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias en relación con el artículo 2 del Decreto ley 2/2013, de 14 de junio, de medidas urgentes en materia de movilidad intraadministrativa temporal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, por la modificación de determinados preceptos de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de las Illes Balears, en concreto, los artículos 82.2, 82 bis, 88 y 88 bis.
- Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
- Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
30 de agosto de 2013
EL MINISTRO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Cristóbal Montoro Romero
EL VICEPRESIDENTE Y CONSEJERO DE PRESIDENCIA
Antonio Gómez Pérez