Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 17837
Declaración de caducidad del expediente 73/2005-OBRES por causa imputable al interesado
Versión PDF
Por no haber podido ser efectuada la preceptiva notificación en el domicilio que aparece en el expediente que se relaciona en este anuncio y que se tramita en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, por el presente anuncio se notifica al Sr. (datos personales ocultos) (datos personales ocultos)en representación de (datos personales ocultos)TORRISCOS, SL que la Alcaldía, por delegación de firma, ha dictado, en fecha 11 d’abril de 2013, la siguiente resolución:
“Vista la tramitación del expediente de referencia, resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
1. En fecha 3 de febrero de 2005, el Sr. (datos personales ocultos) (datos personales ocultos), en representación de (datos personales ocultos)TORRISCOS, SL (datos personales ocultos), presentó solicitud de licencia para realizar obras consistentes en 528 m2 levantar pavimento y 528 m2 alicatados baño, limpieza de solar, servicios de electricidad, carpintería y fontanería a la CTRA. DE LES COVES, s/n de Porto Cristo.
2. Una vez el interesado hubo subsanado las deficiencias que se le requirieron, mediante oficio de fecha 28 de febrero de 2006 y nuevamente el 20 de abril de 2006, la solicitud fue remitida al Área de Litoral del Consell de Mallorca.
3. La última actuación que consta practicada es la remisión, en fecha 18 de abril de 2006, de un oficio por parte del Área de Litoral del Consell de Mallorca en el cual se comunicaba al Ayuntamiento que en la misma fecha habían requerido al promotor para que aportara la documentación necesaria para poder emitir la autorización.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 92 y 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2. Considerando que no se ha emitido la preceptiva autorización por parte del Área de Litoral del Consell y que el procedimiento ha quedado paralizado por causa imputable al interesado.
Vistos los antecedentes y fundamentos jurídicos citados, y siguiendo los informes técnicos y jurídicos que constan en el expediente, de acuerdo con el Decreto de Alcaldía 4807/2011, de 28 de diciembre de 2011, de delegación de firma,
RESUELVO
1. Declarar la caducidad del procedimiento y el archivo de les actuaciones practicadas por haber quedado paralizado por causa imputable al interesado.
Derechos liquidados: Tasa para la tramitación de licencias: 187,80 €.
2. Comunicar resta resolución a los interesados.”
La liquidación correspondiente por CONCEPTOS CONTRIBUTIVOS es la siguiente:
Tasa licencia urbanística. Total: 187,80 €
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponer alternativamente recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la notificación de la resolución ante el mismo órgano que dictó el acto, o recuso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la notificación de la resolución. Si se opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo si se ha optado por interponer el recurso de reposición potestativo, será de dos meses contados del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
RECURSOS CONTRA LA LIQUIDACIÓN:
Contra la presente resolución, se puede interponer ante el órgano que dictó el acto, de conformidad con el art. 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, el cual se entenderá desestimado si no se notifica la resolución por el transcurso de un mes a contar desde la interposición del recurso.
El plazo para interponer, en el su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, será de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses, a contar desde la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.
Todo esto sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
Todo lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992 de, 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el art. 194 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales.
Manacor, 23 de septiembre de 2013
El Alcalde,
por delegación de firma (decreto 4807/2011)
1a teniente de alcalde y delegada
Catalina Riera Mascaró