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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 17792
Disciplina. DO-2011/292. Notificación Decreto de estimar las alegaciones y excluir.
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Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a MARIA DEL CARMEN OZONAS SARD , exp . DO-2011/292 , y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo , por el presente edicto se notifica a MERCEDES ALORDA FONS , de conformidad con el art . 59-5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y 194 del Real Decreto 2568/1986 , de 28 de noviembre, del reglamento de organización , funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales , que transcrito dice :
Se le notifica que, por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 12982 , de 16 de julio de 2013 , se ha dispuesto lo siguiente :
Visto el informe emitido por la TAG del servicio el 2 de julio de 2013 que indica:
"1r.- ESTIMAR el escrito de alegaciones presentado por el Sr . Rafael Alorda Fons (propietario) contra la propuesta de retirada / demolición del 02/26/2013 , en relación a las obras realizadas sin la preceptiva licencia municipal en la calle Antonio Maura, 22 ( aparatos colocados en la calle Mar 23 ), RC .09600502001,
AL CONSIDERAR QUE:
a) El recurrente alega que él no es el propietario del inmueble donde se han realizado las obras objeto de este expediente, a fin de comprobar la afirmación anterior , la UTIB el 26/06/2013 ha emitido el informe siguiente : "
"Vistas las fotografías incluidas en el expediente y comprobando los planos de locales (Catastro) se puede afirmar que efectivamente el compresor de A/a están situados en la fachada de la calle Mar que pertenece al local de la calle Vallseca , 3 bajos.La RC de este local es: 096005-01-005 . "
b) Por lo tanto, queda probado que las obras objeto de este expediente se han realizado en la calle Vallseca , 3 , bajos .
c ) En consecuencia , dado que los Sres. Bartolomé Alorda Fons , Isabel Alorda Fons , y Sra. Mercedes Amada Alorda Fons (como propietarios ) , no han participado en la ejecución de las obras antes descritas , y visto el articulo 105.2 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común , que establece que las administraciones públicas podrán rectificar de oficio o a instancia de los interesados , los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos , hay excluirlos de la tramitación de este expediente .
1. EXCLUIR de la tramitación del expediente DO 2011-292 al Sr. Bartolomé Alorda Fons , Isabel Alorda Fons , y Sra. Mercedes Amada Alorda Fons , como propietarios , vistos los motivos expuestos anteriormente.
2º. - REQUERIR a la propietaria del inmueble situado en la calle ce Vallseca , 3 , bajos RC 096005-01-005 , Sra. Maria Carmen Ozonas Sard , para las obras realizadas sin la preceptiva licencia municipal , consistentes en : "colocación 2 aparatos de aire acondicionado en la fachada de la calle Mar que pertenece al local de la calle Vallseca, 3 , bajos , "que en un plazo de 2 meses solicite la oportuna licencia municipal o restablezca la infracción urbanística cometida .
Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Información Básica, por los que se denuncian obras efectuadas por los propietarios y / o promotores que se relacionan en la parte dispositiva de este acuerdo y de los cuales se desprende que no se ha obtenido la preceptiva licencia municipal, exigida por los artículos 2 y 65 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre , de disciplina urbanística de la CAIB , y del PGOU vigente .
Vistos los artículos 105.2 , 130, de la Ley 30 /92 de 26 de noviembre LRAJ -PAC , 121 y siguientes de la Ley 7/1985 , de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local , modificada por la Ley 57 / 03 , de 16 de diciembre , de medidas para la modernización del gobierno local y el arte . 4.1.h , 4.2.ey 4.2.l del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma , la TAG que suscribe , de acuerdo con los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales , y dados el decreto de Alcaldía núm . 8436 , de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno , de fecha 13 de mayo de 2013 , y el decreto de Alcaldía núm . 8435 , de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma , de fecha 13 de mayo de 2013 ( ambos publicados en el BOIB núm. 70 del 05/18/2013 ) , y demás normativa aplicable , considera que el presidente del Consejo de la Gerencia , teniente alcalde de Urbanismo y Vivienda para dictar lo siguiente :
D E C R E T O
1º - EXCLUIR de la tramitación de este expediente DO 2011-292 al Sr. Bartolomé Alorda Fons, Sra. Isabel Alorda Fons y Sra. Mercedes Amada Alorda Fons, como propietarios, de acuerdo con el informe transcrito en la parte expositiva de este acuerdo.
2º- REQUERIR a la SrA. Maria Carmen Ozonas Sard , como propietaria , por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en ce Vallseca , 3 , bajos RC 096005-01-005 , que en un plazo de dos meses a partir de la siguiente de la notificación de este acuerdo solicite la oportuna licencia municipal para las obras realizadas sin licencia , en cumplimiento de lo exigido por los artículos 2 , 26 y 65 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre , de disciplina urbanística de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y 255 de las Normas urbanísticas vigentes , así como lo previsto en el artículo 4.2.l del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo .
Obras realizadas en ce Vallseca, 3 , bajos RC 096005-01-005 , consistentes en : "colocación 2 aparatos de aire acondicionado en la fachada de la calle Mar , que pertenece al local de la calle Vallseca,3, bajos,"así como cualquier otro tipo de obra que se haya realizado en el emplazamiento citado sin la preceptiva licencia municipal , advirtiéndole que si no solicita la licencia municipal se ordenara la demolición de las obras citadas.
Si transcurrido el plazo de dos meses, el interesado no hubiere solicitado la licencia municipal de obras , el Consejo de Gerencia de Urbanismo , tras la propuesta formulada por el instructor del expediente , acordará la demolición o restitución al estado físico y jurídico anterior de las obras ejecutadas a costa del interesado y procederá a impedir definitivamente los usos a los que diera lugar. Se procederá de la misma manera si la licencia fuera denegada por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las Normas urbanísticas.
La solicitud de la licencia, dará lugar a la suspensión automática del procedimiento de demolición o reconstrucción en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30 /92 del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común por tiempo que dure la resolución del otorgamiento / denegación de la licencia.
3º. DESIGNAR como instructor y como secretario del expediente que se instruye por la infracción urbanística cometida al jefe de Servicio y al jefe de negociado, respectivamente.
4º ADVERTIR a los promotores , los propietarios, los constructores y los directores técnicos de las obras , que según lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre , de disciplina urbanística de la CAIB , "independientemente de la resolución de demolición o de reconstrucción , las infracciones urbanísticas cometidas contra lo dispuesto en esta Ley, darán lugar a la imposición de sanciones pecuniarias . las multas que puedan corresponder se adoptarán a propuesta del instructor por el órgano actuante, previas las formalidades previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo y como continuación al expediente de demolición o reconstrucción instruido " así como se podrá dar cuenta a los tribunales de justicia , visto el artículo 319 y siguientes del vigente Código Penal .
5º. NOTIFICAR la presente resolución a los interesados .
Contra el punto 1 de esta resolución, que agotan la vía administrativa, pueden interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que las ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes, contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso, no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30 /92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes , contado desde el día siguiente que se ha interpuesto . En este caso queda expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. 116 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998 , de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia , según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998 , en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación , todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere pertinente .
En cuanto al punto 2, de requerimiento de licencia de obras, se lo comunica como acto de trámite , para su conocimiento y efectos oportunos.
Le recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía , puede ejercer su derecho de opción lingüística en lo referente a las futuras notificaciones que se hagan .
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal , pueden dirigirse a las siguientes oficinas : OAC AVINGUDES -Av . Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avenidas ) ; OAC CORT - pl . Santa Eulalia, 9 , bajos ; OAC PERE GARAU - c . Pere Llobera , 9; OAC SAN AGUSTÍN - c . Margaluz , 30 ; OAC San Fernando -Av . San Fernando, 42 (Edif. Policía Local ); OAC S'ARENAL -Av . América , 11; OAC S'ESCORXADOR - c . Emperatriz Eugenia, 6 ; OAC SON FERRIOL -Av . Cid 8 . Horario de atención al público : Todo el año : de 8.30 a 14.00 h de lunes a viernes ( todas las oficinas ) . Horario ampliado de octubre a mayo : de 8.30 a 17 h de lunes a jueves ( OAC Avenidas ) . Sábados abierto de 9.30 a 13.30 en la OAC Cort (sólo registro ) .
Palma , 27 de septiembre de 2013
La jefe de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía núm . 10434 de 08/06/2012 , ( BOIB núm. 85 de 14/6/2012 )
Elvira Salvà Armengod