Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
Núm. 17791
Notificación de la Resolución del recurso potestativo de reposición de la directora general de Comercio y Empresa contra la Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo de 18 de diciembre de 2012 de reintegro parcial de una subvención destinada a promocionar el empleo autónomo
Versión PDF
De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y visto que, intentada dos veces la notificación, no se ha podido efectuar, mediante este anuncio se notifica a las persona que se indica a continuación la Resolución del recurso potestativo de reposición:
Exp.: AU 4/2010
Nombre: Letia María Vizcarret
Fecha de la Resolución: 09/07/13
Resolución del recurso: desestimado
El expediente se halla a disposición de la persona interesada en la Dirección General de Comercio y Empresa, plaza de Son Castelló, 1, 07009 Palma de Mallorca.
Se informa a la persona interesada de que dispone de los plazos siguientes para pagar:
a) Desde la fecha de publicación de esta Resolución hasta el día 20 del mes siguiente o el día hábil siguiente si se ha publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears entre los días 1 y 15 del mes.
b) Desde la fecha de publicación de esta Resolución hasta el día 5 del mes siguiente o el día hábil siguiente si se ha publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears entre los días 16 y el último del mes.
La persona interesada puede efectuar el pago, con el documento de ingreso recibido junto a la resolución final de reintegro, a nombre de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Consejería de Economía y Competitividad, Dirección General de Comercio y Empresa, en cualquiera de las entidades bancarias siguientes:
a) Caixa de Balears (“Sa Nostra”)
b) CaixaBank (“La Caixa”)
c) Banco de Crédito Balear (“Es Crèdit”)
d) Banca March
e) Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA)
También puede solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda de acuerdo con el artículo 20 del Texto Refundido de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears aprobado por el Decreto Legislativo 1/2005, de 24 de junio.
La Resolución es ejecutiva, sin perjuicio de lo que establece el artículo 111 de la Ley 30/1992 en materia de suspensión. De lo contrario, se exigirá el pago del importe de la deuda por la vía ejecutiva de apremio siguiendo el procedimiento establecido en el Reglamento general de recaudación.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses que se computarán a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma de Mallorca, 24 de septiembre de 2013
La directora general de Comercio y Empresa
Lourdes Cardona Ribas