Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 17441
Publicación de la Resolución de Revocación parcial del pago de la anualidad 2.011 de la Resolución del vicepresidente del FOGAIBA, exp. TE 24/2009, relativa a la línea de ayudas para la lucha contra la erosión en medios frágiles de cultivos leñosos en terrazas y pendientes y el mantenimiento del paisaje rural, convocatoria 2.009.
Publicación de la Resolución de Revocación parcial del pago de la anualidad 2.011 de la Resolución del vicepresidente del FOGAIBA, de día 13 de mayo de 2.013, por la que se que concedía al Sr. (datos personales ocultos) , al amparo de la Resolución de la Presidenta del FOGAIBA, de 30 de enero de 2.009, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2.009, una subvención relativa a la línea de ayudas para la lucha contra la erosión en medios frágiles de cultivos leñosos en terrazas y pendientes y el mantenimiento del paisaje rural (BOIB nº 16, de 31/01/2009) y sus posteriores modificaciones.
Según el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y teniendo en cuenta que no se ha localizado al destinatario; mediante este anuncio se notifica al Sr. (datos personales ocultos)la Resolución de Revocación parcial en relación con la anualidad 2.011, del Vicepresidente del FOGAIBA, de día 16 de mayo de 2.013, con relación al expediente núm. TE 24/2009 de la línea de ayudas para la lucha contra la erosión en medios frágiles de cultivos leñosos en terrazas y pendientes y el mantenimiento del paisaje rural.
Informar al interesado que, en fecha de 16 de mayo de 2.013, el Vicepresidente firmó la Resolución de Revocación parcial, para la segunda anualidad por un importe de 0,00 euros, de la subvención solicitada por el interesado, ya que:
1.-Dentro del plazo legalmente establecido, el interesado no presenta la solicitud de pago de la segunda anualidad así como la documentación exigida. Por tanto, el pago se tiene que reducir a la cantidad de 0,00 euros.
Notificar al interesado el contenido de dicha Resolución de Revocación parcial de la anualidad 2.011, de la ayuda solicitada, e informarle que las anualidades pendientes de pago, a día 16 de mayo de 2.013, no presentan ninguna modificación.
Así mismo, se le notifica al interesado que contra esta resolución puede interponer un recurso de alzada delante del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en el término de un mes, desde el día siguiente al de la publicación de ésta notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, del Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Informar al interesado que el expediente permanece a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, calle Reina Constança, 4, de Palma.
Palma, 14 de agosto de 2.013
El director gerente del FOGAIBA
Joan Simonet Pons