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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 17367
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Ampliación de un centro de descontaminación de vehículos, promovido por Centro de Descontaminación Muro S.L., Muro.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 4 de junio de 2013

CONSIDERANDO

1.Que se trata de la ampliación de una actividad de descontaminación de vehículos autorizada, consistente en la pavimentación impermeabilizada de unos 380 m2 correspondientes a una zona exterior de la nave, para incrementar la capacidad de almacenamiento de vehículos fuera de uso. El proyecto, que ya se encuentra ejecutado, se ubica en el polígono industrial de Muro.

2.Que la modificación no supone un incremento de la capacidad de descontaminar vehículos en el interior de la nave.

3.Que el proyecto se encuentra incluido en el Anexo II de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambientales y evaluaciones ambientales estratégicas de las Illes Balears.

4.Que según el PTI de Mallorca la actividad se desarrolla en suelo urbano. La zona presenta vulnerabilidad baja de acuíferos dentro de perímetros de restricciones moderadas de un pozo de captación de agua de abastecimiento urbano.

5.Que el proyecto inicial de centro de descontaminación de vehículos fuera de uso  cuenta con acuerdo favorable con condiciones de la Comisión Permanente de la CBMA de 22 de febrero de 2005, incluidos en la autorización del Servicio de Residuos del proyecto inicial, a pesar de que se ha verificado que algunos de los condicionantes de la tramitación ambiental no se han cumplido.

6.El informe favorable con condiciones de la DG de Recursos Hídricos (24/05/2013).

7.Que se ha podido evaluar el proyecto en base a los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006 y no se prevé que pueda presentar efectos significativos sobre el medio ambiente.

ACUERDA

no sujetar a Evaluación de Impacto Ambiental el “Proyecto de ampliación del centro de descontaminación, promovido por el Centro de Descontaminación Muro S.L.”, T.M. de Muro, con los siguientes condicionantes:

1.Antes del otorgamiento de la autorización de ampliación de la actividad el Servicio de Residuos, como órgano sustantivo del proyecto, tendrá que comprobar el cumplimiento de todos los condicionantes del acuerdo favorable de la Comisión Permanente de la CBMA de 22 de febrero de 2005, en especial, el que hace referencia a la pantalla vegetal con planta autóctona y de bajo requerimiento hídrico para evitar el impacto visual.

2.Dado que las sustancias tratadas son altamente contaminantes, será necesario que la red de recogida de pluviales y de lixiviados sea lo más estanca posible y disponga de sistemas para el control de escapes.

3.El sistema de recogida de lixiviados y pluviales tiene que ser revisado (pruebas de estanquidad) y limpiado periódicamente para garantizar su buen funcionamiento.

 

Se recomienda archivar los comprobantes de estas revisiones y limpiezas para poderse demostrar, en caso de posibles contaminaciones, que las revisiones y limpiezas se han realizado.

Palma, 2 de septiembre de 2013

 

El presidente de la CMAIB

José Carlos Caballero Rubiato