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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 6 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 17004
Procedimiento ordinario 176/2012, sobre otras materias

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Texto

D. PEDRO GUADALAJARA SANZ, Secretario Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6  de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento, seguido a instancia de  CP EDIFICIO ES MILA frente a MARIA ESTRELLA MELLADO MARTINEZ,  CAIXA DÉSTALVIS I PENSION DE BARCELONA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO

QUE ESTIMANDO TOTALMENTE LA DEMANDA interpuesta por LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO “ES MILÀ”, sito en C/ Garrover nº 3 del Puerto de Andraitx, representada por la Procuradora Dª. Luisa Adrover Thomás, contra Dª Mª ESTRELLA MELLADO MARTÍNEZ, en situación procesal de rebeldía y la entidad bancaria “LA CAIXA S.A.”, representada por la Procuradora Dª. Catalina Salom Santana, DEBO  CONDENAR Y CONDENO A LA DEMANDADA  Dª Mª ESTRELLA MELLADO MARTÍNEZ AL PAGO A LA PARTE DEMANDANTE DE LA CANTIDAD RECLAMADA DE 19.001’78 EUROS, más los intereses legales fijados en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución, e imposición de costas.

SE DECLARA TAMBIÉN PREFERENTE EL CRÉDITO DE LA COMUNIDAD DEMANDANTE POR EL IMPORTE DE 11.287’84 EUROS SOBRE EL DE “LA CAIXA S.A.” respecto del inmueble de que derivan las cuotas comunitarias adeudadas, sin imposición de costas a ninguna de las partes por el ejercicio de esta acción.

NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo máximo e improrrogable de 20 días, por escrito presentado ante este juzgado para ante la Audiencia Provincial, PREVIO DEPÓSITO DE 50 EUROS EN CONCEPTO DE “RECURSO”.  

Así por ésta, mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, MARIA ESTRELLA MELLADO MARTINEZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a doce de Septiembre de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL,