Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 17341
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Modificación Puntual de las NNSS a la UE-01, Calle Solleric, Son Mas, Alaró.
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En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo III y el artículo 95 de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 4 de junio de 2013
CONSIDERANDO
1.Que se trata de una reordenación del aparcamiento previsto en la UE-1 de las NNSS de Alaró para dar servicio a la zona urbana cercana donde existe carencia de estacionamientos. Esta modificación comprende básicamente los siguientes aspectos:
-Pequeña ampliación de la UE, adecuándola a los límites de la propiedad.
-Dotación de una zona verde.
-Redistribución de la zona de estacionamiento inicial en dos zonas independientes conectadas por la zona verde, manteniendo la capacidad prevista.
-Ampliación de la sección de la calle Solleric.
-Redistribución del viario de penetración hasta la zona de estacionamiento norte.
-Reducción de tres a dos las zonas destinadas a la vivienda manteniendo la superficie total con incremento del número total de viviendas.
-Reubicación del ET existente.
2.Que según el PTI de Mallorca el ámbito de la actuación corresponde en una zona urbana sin consolidar, a la cual se ha añadido una pequeña área de suelo rústico común para completar la UE-1 al perímetro de la parcela existente.
3.Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 97 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears no se prevén efectos significativos sobre el medio ambiente derivados de la aplicación de la modificación, dado que:
a.El ámbito de la MP afecta en su gran mayoría a suelo urbano no consolidado.
b.La redistribución de la zona de aparcamiento, que supone una solución a la carencia de estacionamiento del entorno, no implica una reducción de la capacidad total de plazas. Se ha previsto que las nuevas viviendas de la UE-1 dispongan de aparcamiento dentro de los propios solares.
c.Se mantienen la edificabilidad, la ordenación y la tipología previstas, aunque la superficie mediana de la vivienda se reduce de 192 a 154 m2. Con esta modificación se incrementa de 28 a 35 el número de viviendas máximo permitido en los terrenos.
d.A pesar de que implica un ligero aumento del consumo de recursos hídricos, energéticos y de generación de aguas residuales por el incremento de la población estimado en la UE-1 en 21 habitantes, no se puede considerar relevante desde el punto de vista ambiental.
e.Implica una mejora paisajística por la dotación de la zona verde y de arbolado en la calle Solleric y en la zona de estacionamiento. Además, con la reubicación del ET existente se elimina el trazado de MT que transcurre por la zona de viviendas de la UE.
ACUERDA
no sujetar a evaluación ambiental estratégica “la modificación puntual de las NNSS en la UE-1 calle Solleric, Son Mas”, T.M. de Alaró.
Se recuerda que, de acuerdo con el informe del Departamento de Medio Ambiente del CIM (15/11/2012) se tendrán que tener en cuenta las prescripciones previstas en el Plan Especial de Ordenación y Protección de la Ruta de Piedra en Seco que sean de aplicación en la UE-1, concretamente: En los tramos donde la ruta discurra junto a las carreteras o caminos que, por el tránsito con vehículo, puedan ser peligrosos para los usuarios, se situarán protecciones laterales de acuerdo con lo que establezca el organismo competente y en todo caso garanticen la seguridad de peatones y vehículos.
Este acuerdo se emite sin perjuicio de las competencias territoriales y/o urbanísticas de las administraciones correspondientes.
Palma, 2 de septiembre de 2013
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato