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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 17326
Anuncio concesión de subvenciones individuales dirigidas a personas mayores y personas con discapacidad, para el año 2013, en la Isla de Formentera

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Texto

Aprobación del pago de ayudas individuales para personas mayores y personas con discapacidad del año 2013.

La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en sesión que tuvo lugar el pasado 14 de agosto de 2013, adoptó el acuerdo que transcribo literalmente a continuación:

Primero. - Aprobar el pago de las ayudas individuales para personas mayores y personas con discapacidad residentes en Formentera para el año 2013 (BOIB núm. 56, de 27-04-2013). En base al informe propuesta de la comisión evaluadora sobre la concesión de las solicitudes de las subvenciones individuales, de fecha 30 de julio de 2013, que ascienden a un total de 10.033,00€ (diez mil treinta y tres euros), en conformidad con lo que establece el capítulo II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, de acuerdo con relación siguiente:

 

Persona solicitante

Cantidad

(datos personales ocultos)

78,00 €

(datos personales ocultos)

2.563,00 €

(datos personales ocultos)

2.652,00 €

(datos personales ocultos)

2.295,00 €

(datos personales ocultos)

1.495,00 €

(datos personales ocultos)

553,00 €

(datos personales ocultos)

202,00 €

(datos personales ocultos)

195,00 €

Segundo. – Denegar las solicitudes de las siguientes subvenciones individuales, en base al informe propuesta de la comisión evaluadora sobre la concesión de las solicitudes de las subvenciones individuales, de fecha 30 de julio de 2013:

 

Persona solicitante

Motivo

(datos personales ocultos)

Fuera de plazo

Tercero. – Aprobar el gasto con cargo a la partida 2013/1/231/48000/01 del año 2013 del Consell Insular de Formentera.

Cuarto. – Notificar el presente acuerdo a las partes interesadas y hacerlo público en el tablón de anuncios de éste Consell Insular.

Este acto pone fin a la vía administrativa, contra la cual se puede interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes delante de la misma Comisión, o directamente recurso contencioso administrativo delante del Juzgado Contencioso Administrativo Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente en que tuvo lugar la presente notificación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 i 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en relación con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

No se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Lo cual se hace público para que se tenga conocimiento y a los efectos oportunos

 

Formentera, 12 de septiembre de 2013.

 

El Presidente del Consell Insular de Formentera,

Jaume Ferrer Ribas.