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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 17114
Sanidad.- Animales.- Notificación de resolución de expedientes sancionadores 80 y otros

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Texto

Por no haberse podido realizar las preceptivas notificaciones en los domicilios que constan  en los expedientes relacionados, no haber contestado a los avisos dejados y no tener otros donde llevarlas a cabo, por  el presente edicto se comunica que,  en relación a los expedientes que se instruyen en el Servicio de Sanidad de la Secretaría General de este Excmo. Ayuntamiento, como consecuencia de las denuncias formuladas por la  Inspección por infracciones a la Normativa de Sanidad Animal,  habida cuenta que no se han presentado alegaciones a la  propuesta de resolución de éstos, o si se han presentado, éstas no desvirtúan el hecho imputado, la  Regidora del área delegada de Sanidad y Consumo , por delegación de la Junta de Gobierno de Palma de fecha 21-12-2011 (BOIB núm. 5, de 12-1-2012), haciendo uso de la potestad sancionadora atribuida legalmente, ha dispuesto imponer las siguientes sanciones:

-Art. 8, 1º en rel Art 1, a) y Anexo I y II Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, desarrollo Ley 50/1999 de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos (BOE núm 74, de 27-03-2002):

Exp.: 80/13 Carlos Díaz González, sanción de multa en cuantía 225 euros.

-Art.  23 decreto 56/1994 13 de mayo reglamento Ley 1/1992 de 8 de abril (BOCAIB 65, 28-5-1994) en relación orden de la Conselleria Agricultura 21-5-1999 y/o art. 41 inciso 3º y 77 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana (BOIB 93, 27-6-2009):

Exp.: 218/13 José Santiago de la Paz Beraza, sanción de multa en cuantía 90 euros.

Exp.: 931/12 Vanesa García Romar, sanción de multa en cuantía 90 euros.

-Art.  3, 1º y 91 2º decreto 56/1994 13 de mayo reglamento Ley 1/1992 de 8 de abril (BOCAIB 65, 28-5-1994) en relación orden de la Conselleria Agricultura y SS y/o art. 69 y 98 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana (BOIB 93, 27-6-2009):

Exp.: 930/13 Vanesa García Romar, sanción de multa en cuantía 600 euros.

-Art.  3, 2º b) y 91, 2º e) decreto 56/1994 13 de mayo reglamento Ley 1/1992 de 8 de abril (BOCAIB 65, 28-5-1994) y/o art. 51 i 81 cat B) de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana (BOIB 93, 27-6-2009):

Exp.: 158/13 Cindy Ana Torres Abreu, sanción de multa en cuantía 600 euros.

Exp.: 160/13 Bárbara Ruiz García, sanción de multa en cuantía 600 euros.

Exp.: 164/13 Jonatan Piñeiro Piñeiro, sanción de multa en cuantía 600 euros.

-Art.  22 decreto 56/1994 13 de mayo reglamento Ley 1/1992 de 8 de abril (BOCAIB 65, 28-5-1994) en relación orden de la Conselleria Agricultura y SS 7-6-1996 y/o art. 54 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana (BOIB 93, 27-6-2009):

Exp.: 226/13 Sarah Brightnen, sanción de multa en cuantía 150 euros.

Exp.: 268/13 Pedro Vanrell Sabater, sanción de multa en cuantía 70 euros.

-Art.  47 decreto 56/1994 13 de mayo reglamento Ley 1/1992 de 8 de abril protección animales que viven en el entorno humano (BOCAIB 65, 28-5-1994) y/o art. 54 de la OOMM para la Inserción de los Animales de Compañía a la Sociedad Urbana (BOIB 93, 27-6-2009):

Exp.: 126/13 Nuria Galmés Gonzalez, sanció de multa en cuantía 180 euros.

Exp.: 172/13 Veselina Valerieva Bradvarova, sanción de multa en cuantía 225 euros.

Exp.: 178/13 José Luis Blanco Nogales, sanción de multa en cuantía 120 euros.

Exp.: 205/13 Juan José Martín Martín, sanción de multa en cuantía 120 euros.

Exp.: 206/13 Mercedes Correa Tribaldos, sanción de multa en cuantía 120 euros.

Exp.: 225/13 Sarah Brigthtnen, sanción de multa en cuantía 240 euros.

Exp.: 237/13 León Acevedo Trujillo, sanción de multa en cuantía 150 euros.

Exp.: 267/13 Pedro Vanrell Sabater, sanción de multa en cuantía 180 euros.

Exp.: 280/13 Marcelino Abel Domingues Núnes, sanción de multa en cuantía 120 euros.

Exp.: 285/13 María Salomé Rodríguez lópez, sanción de multa en cuantía 120 euros.

Exp.: 292/13 Alejandro Camacho Angel, sanción de multa en cuantía 120 euros.

Exp.: 327/13 Miguel Jiménez García, sanción de multa en cuantía 180 euros.

Exp.: 372/13 Marta Alicia Gómez Natarén, sanción de multa en cuantía 250 euros.

Exp.: 406/13 Elena Tomofti, sanción de multa en cuantía 180 euros.

El importe de estas multas debe hacerse efectivo, en período voluntario, en el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, en el  Servicio de Recaudación, sito en la Pl. Sta. Eulalia, 9.

Contra este resolución, que agota la vía administrativa,, cabe interponer el recurso de reposición  ante el mismo órgano que la ha dictado,  conforme a lo establecido en el artículo 116  de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen  Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 e enero.

El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente edicto. En este caso, no se pondrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso potestativo de reposición  deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su presentación. En este caso quedará abierta la vía contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de la utilización de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición , se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ante el Juzgado contencioso-administrativo , el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto,  esto sin perjuicio de  cualquier otro recurso o acción que considere conveniente. La interposición de recurso no paraliza la vía de apremio, salvo se garantice el pago de la multa. Se ha ce público en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4º del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Palma, 12 de septiembre de  2013

La jefe de departamento
Rosa Llinàs Bosch