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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 17100
Convenio Ayuntamiento de Alaior y Cime para ubicar técnico orientador laboral

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Exp. 1169/2013

De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 30/92 , de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, hacemos público el “Convenio de colaboración entre el Consejo Insular de Menorca y el Ayuntamiento de Alaior , para llevar a cabo el programa de procesos de inserción para el empleo de colectivos vulnerables (personas en riesgo de exclusión social “ que literamente dice :

“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE MENORCA Y EL AYUNTAMIENTO DE ALAIOR PARA UBICAR UN / A TÉCNICO / A ORIENTADOR / A DE CIM AL AYUNTAMIENTO DE ALAIOR PARA LLEVAR A CABO EL PROGRAMA PROCESOS DE INSERCIÓN PARA EL EMPLEO DE COLECTIVOS VULNERABLES ( PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL )

REUNIDOS

De una parte el Honorable Señor Santiago Tadeo Florit , presidente del Consejo Insular de Menorca , en uso de las facultades de representación que me confiere el artículo 9.1 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre , de consejos insulares.

Y de otra parte la Señora Misericordia Sugranyes Barenys , alcaldesa del Ayuntamiento de Alaior .

Ambas partes , actuando en nombre y representación de las instituciones antes mencionadas, se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para formalizar este convenio.

ANTECEDENTES

1. Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del SOIB de 28 de noviembre de 2012 por la que se convocan subvenciones para poner en práctica programas experimentales en materia de empleo , publicada en el BOIB 191 de 20 de diciembre de 2012.

2. El Consejo Insular de Menorca presentó el proyecto " Procesos de inserción para el empleo de colectivos vulnerables dirigido a personas con riesgo de exclusión social" para llevar a cabo acciones de orientación mediante procesos de acompañamiento al empleo para el colectivo de personas con riesgo de exclusión social.

3. Según lo previsto en el proyecto , estos servicios de orientación se ubicarían físicamente en diferentes poblaciones de la isla , uno de los cuales es Alaior.

4. Notificación del informe favorable de la Comisión Evaluadora prevista en el punto 14 de la convocatoria de subvenciones , emitida en fecha 26 de febrero de 2013

5. Resolución del consejero de Educación , Cultura y Universidades y presidente del SOIB de 9 de mayo de 2013 , por la que se concede la subvención solicitada por el CIM para el proyecto denominado " Procesos de inserción para el empleo de colectivos vulnerables " , para llevar a cabo acciones de orientación mediante procesos de acompañamiento al empleo para el colectivo de personas en riesgo de exclusión social , correspondiente a la convocatoria para poner en práctica los programas de inserción para el empleo , publicada en el BOIB 191 de 20 de diciembre de 2012.

Y como resultado de estos antecedentes , establecemos este convenio de acuerdo con los siguientes:

PACTOS

Primero. El convenio tiene por objeto la ubicación de un / a técnico / a orientador / a del Área de Formación del Departamento de Servicios Generales, Trabajo e Innovación del CIM en el Ayuntamiento de Alaior , por lo que este cederá El espacio físico habitual donde se prestará este servicio .

Segundo. El Consejo Insular de Menorca asume los gastos salariales derivados del orientador / a adscrito / a del Ayuntamiento de Alaior .

Tercero. Las funciones del técnico/ a orientador/ a son :

  • Proporcionar información y orientación en materia de trabajo y formación.
  • Posibilitar que los demandantes de empleo puedan optar a ofertas de trabajo adecuadas a su perfil profesional.
  • Organizar actividades ( individuales o grupales ) de orientación para la búsqueda de trabajo.
  • Hacer un seguimiento del proceso de inserción laboral de las personas que participan en actuaciones formativas , especialmente de las que están en situación de desempleo y tienen dificultades especiales para la inserción en el mercado de trabajo.

Cuarto. Cualquier responsabilidad derivada de la relación laboral entre el CIM y el personal que preste servicios en las dependencias del Ayuntamiento de Alaior será exclusiva del Consejo Insular de Menorca.

Quinto. La vigencia de este convenio se extenderá desde el inicio del programa de inserción para personas con riesgo de exclusión social , que coincidirá con la incorporación del técnico/ a orientador/ a, prevista para el 29 de mayo de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013. La vigencia se podrá prorrogar en el caso de que el CIM pueda dar continuidad al servicio de orientación laboral a través de proyectos propios o subvencionados por convocatorias similares del SOIB , siempre que ambas partes vengan de acuerdo. La duración de la prórroga dependerá de la temporalización del proyecto.

En prueba de conformidad , firmamos este convenio , por duplicado ya un solo efecto , en el lugar y en la fecha mencionados más abajo .


Maó, 29 de mayo de 2013 .

El Presidente del Consejo Insular La alcaldesa del Ayuntamiento de Alaior
Santiago Tadeo Florit Misericordia Sugranyes