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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 16996
Exp 30-13 expediente sancionador medio ambiente

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de la resolución se notifica al interesado el SR. RAUL MANERA FERRANDIS de conformidad con lo que dispone  el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 4 de septiembre de 2012, que trascrito dice: “De conformitat amb el que es disposa  a l’article 192.2 del Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, li comunico que el Sr. Batle, en data 29 de mayo de 2013 ha dictat la següent Resolució :

“ASUNTO: SOLAR SIN VALLAR CERRADO EN LA C.FERRAN LEAL, 8 DE SON RAMONELL.

Marratxí, 29 de mayo de 2013

Puesto que, la Celadora de Medio Ambiente de este Ayuntamiento,  mediante escrito de fecha 21 de marzo de 2013, ha informado en parte lo siguiente:

“..Puesto que día 13 de noviembre de 2012 el Área de Medio Ambiente de este Ayuntamiento informó al propietario de un solar situado en la calle Ferran Leal, 8 de la urbanización Son Ramonell, con referencia catastral 4956409DD7845N0001UR, de las deficiencias que presenta.

Realizada visita de inspección a fecha de hoy, tengo a bien informar lo siguiente:

-Descripción de la deficiencia: solar ubicado en suelo urbano que no se encuentra cerrado.

-Medidas necesarias para subsanar las deficiencias: tal como establece el artículo 18 de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente, de 2 de septiembre de 2006, “Los propietarios de solares tendrán que mantenerlos en óptimas condiciones de higiene y salubridad. Asimismo tendrán que estar cerrados o vallados con una altura mínima de 1,80 metros y en cumplimiento de la normativa urbanística de aplicación vigente”.”

Lo que emito para que conste y produzca los efectos que se consideren oportunos.”

Puesto que, sometido el expediente de referencia al preceptivo trámite de audiencia al interesado, en fecha 27 de marzo/13 durante el periodo de 15 días , y no habiendo presentado alegaciones ni documentos de ningún tipo.

Esta Alcaldía en uso a las atribuciones que le confiere la normativa vigente tiene a bien dictar la siguiente:

 

RESOLUCIÓN

1º Ordenar al SR. RAUL MANERA FERRANDIS, como propietario del solar situado en la calle Ferran Leal, 8 de Son Ramonell a su vallado.

2º Conceder al SR. RAUL MANERA FERRANDIS un plazo de 30 días (treinta) para llevar a cabo lo solicitado en el punto primero.

3º Advertir al señor Manera Ferrandis, transcurrido el citado plazo, si no he ejecutado la orden de ejecución trascrita en el parágrafo 1º que encabeza esta Resolución, se procederá a la incoación del expediente sancionador, en la resolución del cual además de la imposición de la multa que sea procedente, si procede, se concederá un último e improrrogable plazo para la ejecución ordenada, que, si no se cumple se realizará por el mismo Ayuntamiento, a costa de usted a través del procedimiento de ejecución subsidiaria regulado por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.-

 

Lo manda y firma el Alcalde Sr. Tomeu Oliver Palou.- Doy fe.”

 

Marratxí, 6 de septiembre de 2013

El Alcalde,
Tomeu Oliver Palou