Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 16931
Departamento de Movilidad y Proyectos - Notificación de la incoación del expediente sancionador de transportes SAN 77/2012
Visto que se desconoce el domicilio o ha sido imposible contactar vía correos con la personas interesadas y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se comunica a las personas que se relacionan en el anexo adjunto que en fecha 22/8/2013 se dictó la resolución 2013/159 de incoación del expediente que se instruye por presunta infracción de la normativa de transportes, (artículos 142.24.2 de la ley 16/87 de 30 de julio (LOTT), 199 del ROTT y Annexe 1 de l’ATP) y que se encuentra a su disposición en el departamento de Movilidad y Proyectos del Consell Insular de Menorca, Pl. de la Biosfera, 5, 07703 – Maó, haciendo constar que:
Dispone de un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación, para aportar las alegaciones, los documentos y las informaciones que considere convenientes, para su defensa, por lo que el expediente se encuentra a su disposición en la Sección de Transportes del Departamento de Movilidad y Proyectos de este Consell Insular, así como para proponer una prueba, concretando los medios que pretenda utilizar.
Así mismo, comunicamos que en el caso de reconocer voluntariamente su responsabilidad en los hechos, el procedimiento se podrá resolver con la imposición de la sanción que corresponde y que si no efectúan alegaciones sobre el contenido de este acuerdo de iniciación en el plazo establecido, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso respecto de la responsabilidad imputada, de acuerdo con el que dispone el artículo 8.4 del Decreto 14/94 de 10 de febrero
La presente resolución es un acto administrativo de trámite, no decisorio, e inimpugnable, por lo que no cabe ningún tipo de recurso, sin perjuicio de impugnar en su momento la resolución que ponga fin al procedimiento si es contraria a sus derechos.
ANEXO
Expediente núm |
Titular |
Importe |
---|---|---|
SAN 77/2012 |
VOLCATRANS CIUTADELLA, SLU |
100,00 € |
Maó, 13 de septiembre de 2013
EL CONSELLER EXECUTIU DEL DEPARTAMENTO
DE MOVILIDAD I PROYECTOS DEL CONSELL INSULAR DE MENORCA
Luis Alejandre Sintes