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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE INCA

Núm. 16397
Juicio de Faltas 184/2010

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a HASAN KAMRUL la SENTENCIA DE FECHA 27/10/10 y EL AUTO RECTIFICATORIO DE LA MISMA, DE FECHA 09/10/12, cuyo del tenor siguiente:

SENTENCIA

En Inca, a 27 de octubre de 2010

LAURA MESTRES ESTRUCH, Juez del Juzgado de Instrucción nº 3 de Inca ha visto y oído en juicio oral y público, constituido en tribunal unipersonal, los presentes autos de juicio verbal de faltas seguidos ante este juzgado bajo el número arriba indicado y tramitados por las normas de la LECrim, sobre el procedimiento para el juicio de faltas inmediato, en los que han intervenido como partes denunciantes KAMRUL HASAN, y denunciado MD SHAJAHAN, así como la representación del Ministerio Fiscal,

FALLO

Que debo CONDENAR y CONDENO a: Margarita Ballester Pol, como autor de una falta de lesiones del art. 617.1 del CP, a la pena de 1 mes de multa a razón de 4 € diarios, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas de multa impagada conforme al art. 53 del CP, que indemnice a KAMRUL HASAN en la cantidad de 200 € y costas.

La presente resolución, fue dictada de forma oral declarándose su firmeza en el acto.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio y firmo.

AUTO

En Inca, a 9 de octubre de dos mil doce

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda la rectificación de la resolución de fecha 27/10/10 en el sentido siguiente:

En el Fundamento de derecho tercero donde dice “Dña. Margarita Ballester Pol”, debe decir “D. MD Shajahan”.

En el Fallo donde dice “Que debo condenar y condeno a: Margarita Ballester Pol” debe decir “Que debo condenar y condeno a: MD Shajahan”.

 

En INCA a 17 de Junio de 2013.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL