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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 16917
r.b.738-13 incoación sancionador por infracción de la ordenanza de policia, buen gobierno y convivencia ciudadana

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Intentada sin efecto la notificación por correo certificado con acuse de recibo , y no habiendo podido efectuar por ignorarse el domicilio o no haberse encontrado en el mismo interesado que se relaciona , se procede , en cumplimiento de lo establecido el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común , a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Marratxí , de la siguiente forma:

"Resolución de Alcaldía núm.738 -13

Asunto : Iniciación de Procedimiento Administrativo Sancionador por presunta infracción de la ordenanza municipal de policía, buen gobierno y convivencia ciudadana

Expediente : 3961-2013

Enterada esta Alcaldía los hechos denunciados mediante denuncia del Agente de la policía local núm.A360023 de fecha 31.03.2013 (registro de entrada núm.3961 , de 12.08.2013 ) y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 21.1 , n) de la Ley estatal 7 /1985, de 2 de abril , Reguladora de las Bases de Régimen Local, se ha adoptado la siguiente ,

Resolución

PRIMERO. - Decretar la Incoación de Procedimiento Administrativo Sancionador contra (datos personales ocultos)omo presunto responsable de una infracción de la ordenanza municipal de policía, buen gobierno y convivencia ciudadana de fecha 14/08/2007 (BOIB núm. 130 de fecha 28/08/07 ) .

SEGUNDO . - Los hechos que presuntamente son constitutivos de una infracción y que dan lugar a la presente incoación son los consistentes en orinar en la vía pública , concretamente en la C / Pequeño , n º 1 , sobre las 04.00 horas de la madrugada del día 11 de agosto de 2013 .

TERCER . - La calificación provisional de los hechos , sin perjuicio del resultado de la instrucción , constituye una infracción del artículo 33.2.a ) de la ordenanza municipal de policía, buen gobierno y convivencia ciudadana ( Boib núm.130 de 28 / 08 / 07 ) y de acuerdo con el artículo 42 la sanción es de multa de 140 €.

CUARTO . - Se designa como instructor y secretario del presente procedimiento administrativo sancionador a Juan Antonio Lozano León, y Jaume Nadal Bestard recusables en los términos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común .

QUINTO . - El órgano municipal competente para la resolución del procedimiento es el Alcalde de este Ayuntamiento , art. 21.1 , n) de la Ley estatal 7/1985 , de 2 de abril , Reguladora de las Bases de Régimen Local .

SEXTO . - De conformidad con lo dispuesto en el art . 8.3 del Decreto 14/1994 , de 10 de febrero , el interesado podrá formular alegaciones y proponer prueba , en el plazo común de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al recibo de la presente notificación . Asimismo y dentro de este plazo el interesado podrá consultar el expediente administrativo que consta de denuncia de la Policía Local y el acuerdo de incoación del presente procedimiento administrativo sancionador . Si no efectúan alegaciones dentro del plazo mencionado, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución ( art.8.4 del Decreto 14/1994 , de 10 de febrero ) . El presente expediente se resolverá en el plazo de un año desde la fecha de incoación y se entenderá caducado el procedimiento , y se procederá al archivo de las actuaciones , una vez transcurrido el vencimiento del plazo en que se debió dictar la resolución. "

Lo que se hace público para su conocimiento , cumplimiento y efectos

Alaró, 11 de septiembre de 2013

El Secretario ,
Jaume Nadal Bestard