Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 16907
Incoación expediente sancionador DU17/07
Por no haberse podido notificar en el domicilio que consta en los archivos municipales por infracción urbanística incoada el día 21 de agosto de 2.013 (exp. nº 1515/2007, DU 17/07) que se tramita en el Departamento de Disciplina Urbanística de este ayuntamiento en relación a la realización de obras sin la preceptiva licencia, en el inmueble ubicado en la (datos personales ocultos) ; por el presente anuncio se notifica a la entidad Obres Taima, s.l ., la resolución de esta alcaldía del día señalado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común:
RESUELVO:
“Primero.- Declarar la caducidad del procedimiento sancionador iniciado mediante decreto 195 de 6.10.2011.
Segundo - . Incoar expediente sancionador por infracción urbanística en materia de uso del suelo a la Sra . (datos personales ocultos) y a la mercantil OBRES TAIMA SL , por la ejecución sin la correspondiente licencia municipal en el inmueble ubicado en la Avenida Cala Blanca núm. 16 , de las obras consistentes en:
- Reforma total de la planta baja con ampliación de la vivienda en su parte posterior en unos 1,60 m2, avanzado de la puerta de entrada aproximadamente 0,60 metros , refuerzo de la estructura del edificio mediante la colocación de vigas IPN , paso de instalaciones, modificación de la distribución , colocación de nueva carpintería, modificación de oberturas.
- Reforma total de la planta primera: paso de instalaciones, modificación de la distribución, ejecución de oberturas.
- Ejecución de la pared de cerramiento con piedra seca y con una altura de 1,46 m
- Levantamiento de la pared medianera.
- Eliminación de la fosa séptica i conexión de alcantarillado en la red pública.
La sanción a imponer, para cada uno de los interesados puede ser de multa por importe de entre 14.604,08.- euros y 29.208,16 . - euros de conformidad a los preceptos citados y el informe Técnico, y sin perjuicio del resultado de la instrucción.
Tercero - . Nombrar como instructor del expediente al Sr. Regidor Ramón Sampol Antich y como secretaria , la de la Área de Disciplina Urbanística , Sra. Rosa Ramírez Brugalada.
Cuarto- . Notificar éste acuerdo de incoación a los interesados y indicarles que disponen de un plazo de audiencia de 15 días para formular alegaciones i proponer prueba, concretando los medios que quiera hacer servir , haciendo saber que en caso que no se haga uso de éste trámite la incoación podrá considerarse propuesta de sanción, en el cual la multa que se impondrá será el 50% del valor acreditado de las obras.
Quinto - . Indicar a los interesados que el órgano competente para resolver definitivamente es la Junta de Gobierno del Ayuntamiento y que en cualquier momento anterior a la finalización del procedimiento puede reconocer voluntariamente su responsabilidad el cual determinará la imposición sin más trámite de la sanción que proceda, que en éste caso, y para ésta eventualidad se fija en 14.604,08 . – euros.
Sexto - . Recordar a los interesados que, de acuerdo con el artículo 46.1 de la LDU , la sanción a imponer será únicamente de entre 5 % y el 10% del valor de l' obra ejecutada si, antes que se le imponga la sanción, restituya la realidad física alterada a su estado anterior .
La presente resolución, que es un acto de trámite, no decisorio, que inicia el procedimiento administrativo, es inimpugnable y, por lo tanto, no es susceptible de recurso; sin perjuicio de la posibilidad de impugnar en su día la decisión que ponga fin a este.
Os comunico, no obstante, que disponen de un plazo de quince días para que puedan presentar las alegaciones oportunas y propongan prueba, conformemente a lo que prevé el artículo 8.3 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprobó el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la comunidad autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora y el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Ciudadela de Menorca, a 11 de septiembre de 2013
EL ALCALDE
José Mª de Sintas Zaforteza