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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 16495
Ejecución de títulos judiciales 250/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000250 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ALBINO DA SILVA MARTINS contra la empresa  RAFAEL LOPEZ FERNANDEZ, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

 D E C R E T O

Secretario/a Judicial D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO

En PALMA DE MALLORCA, a dieciocho de Junio de dos mil trece

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Por este juzgado se ha acordado la mejora de embargo sobre los bienes de  RAFAEL LOPEZ FERNANDEZ, adoptado en este procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000250 /2012.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El artículo 612.1 de la LEC  establece que cuando un cambio de las  circunstancias permita dudar  de la suficiencia de bienes  embargados en relación con la exacción de la responsabilidad del ejecutado, el ejecutante podrá solicitar la mejora de embargo.

SEGUNDO.- En el presente caso, una vez examinadas las actuaciones, se aprecia la insuficiencia alegada por el ejecutante, por lo que es procedente decretar la ampliación de los embargos  sobre los bienes de la parte ejecutada.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Declarar embargados por vía de mejora de embargo el/los siguiente/s bien/es:

Una mitad indivisa del pleno dominio con carácter privativo de la que es titular RAFAEL LOPEZ FERNANDEZ de la finca

URBANA: NUMERO CIENTO NOVENTA Y CUATRO DE ORDEN.- Vivienda tipo D, del piso segundo puerta tercera del bloque V, con acceso al zaguán, escalera y ascensor número 1 de la calle Heredero de Palma. Mide noventa y cuatro metros dieciocho decímetros cuadrados útiles y ciento veinte y tres coma ochenta y tres metros cuadrados construidos. Finca de Palma 2655, Inscrita en el registro de la Propiedad 6 de Palma, tomo 1418,libro 61, folio 156.

Una mitad indivisa del pleno dominio con carácter privativo de la que es titular RAFAEL LOPEZ FERNANDEZ de la finca

URBANA: NUMERO DECINUEVE DE ORDEN.- Espacio de aparcamiento con trastero, de la planta de sótano, señalado con el número 19, de cabida el aparcamiento catorce metros cuadrados y el trastero cuatro coma cuarenta y ocho metros cuadrados. Finca 12571 de Palma, inscrita en el Registro de la Propiedad 6 de Palma, tomo 2041,libro 223, folio 157.

Para su efectividad, acuerdo librar los correspondientes oficios y/o mandamientos.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidashasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso  de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo deTRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la  del , debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar  un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a  RAFAEL LOPEZ FERNANDEZ, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a dos de Septiembre de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL