Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 16488
Ejecución de títulos judiciales 0000295/2011
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 4 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 295/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de DÑA. ROMINA ELISABET LESKE contra la DÑA. TAMARA AMAYA AUTERO, sobre EJECUCION DE TÍTULOS JUDICIALES, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“D E C R E T O
Secretario/a Judicial D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO
En PALMA DE MALLORCA, a 17 de abril de dos mil trece
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
-El embargo y precinto de los vehículos propiedad del apremiado DÑA. TAMARA AMAYA AUTERO, que a continuación se describen con los siguientes datos de identificación:
Matrícula: 8187FXP
Marca: MERCEDES
Modelo: E 220 CDI
Nº de Bastidor: WDB2110081B245084
-Librar y remitir directamente y de oficio mandamiento por duplicado al Ilustre Sr. Registrador de Bienes Muebles Provincial, sección de Automóviles y otros vehículos de motor obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (art. 255 LJS) y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.
-Oficiar a la Unidad Administrativa correspondiente para la efectividad del precinto y conveniente depósito.
- Retener los saldos a favor del ejecutado, DÑA. TAMARA AMAYA AUTERO, en las cuentas bancarias 20510124801070013277, 00651560110001001472 Y 20906444520100131664 y cualquier otra que pudiera existir a su nombre, y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber:
5007,62 euros de principal más 1000 euros presupuestados para intereses y costas.
- Llevar a efecto la retención de saldos a través de vía telemática.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a DÑA. TAMARA AMAYA AUTERO, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a 2 DE SEPTIEMBRE de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL