Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Núm. 16687
Acuerdo de Pleno de fecha 12 de marzo de 2013 por el que se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Selva para adaptarla a lo que establece la Ley 9/2012
En fecha 21 de julio de 2012 se publicó en el BOIB núm. 106 la Ley 9/2012, de 19 de julio, de modificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en el que se añade la disposición adicional duodécima, que establece:
El conocimiento de la lengua catalana no será, de manera general, un requisito para acceder a la condición de empleado público de las administraciones públicas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ni para ocupar puestos de trabajo.
Para ocupar los puestos de trabajo en los que, dadas las características especiales de sus funciones, se motive que es imprescindible exigir el conocimiento de un determinado nivel de catalán, lo cual se hará mediante la relación de puestos de trabajo...”
La disposición Final cuarta, ambos de la Ley 9/2012 establece que: “En el plazo de una año, las administraciones del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y los entes del sector público instrumental que dependan han de adaptar sus relaciones de puestos de trabajo en el que establece esta ley”.
Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento de Selva en fecha 12 de marzo de 2013 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Modificar la relación de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Selva en el siguiente sentido:
a) Incluir en la descripción identificativa de la totalidad de las plazas de personal funcionario como una de las funciones principales la información y la atención al público.
b) Establecer que en los puestos de trabajo correspondientes a habilitación de carácter estatal (Secretario/a, Interventor/a), Técnicos superiores (Jefe de los Servicios jurídico y Administrativo, Bibliotecario, arquitecto) se exigirá como requisito para acceder a las plazas el nivel C1 de conocimientos de lengua catalana o equivalente.
c) Establecer que en los puestos de trabajo correspondientes a cuerpos, escalas, subescalas o categorías profesionales para ingresar en los que se requiera un nivel de titulación académica correspondiente al grupo B, C1 y C2, se exigirá como requisito para acceder a las plazas el nivel B2 de conocimiento de lengua catalana o equivalente.
SEGUNDO.- Establecer que las plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Selva incluidas en Administración General, Recaudación (exceptuando las plazas con la categoría de limpiador/a y oficiales/operarios de mantenimiento), que tienen como una de las funciones principales la información y la atención al público, se les exigirá los siguientes niveles de conocimiento de la lengua catalana;
a) Establecer que en los puestos de trabajo correspondientes a categorías profesionales para ingresar en los que se requiera un nivel de titulación académica correspondiente a los grupos A1, A2, B y C1 y C2, se exigirá como requisito para acceder a las plazas el nivel B2 de conocimientos de lengua catalana o equivalente.
b) Establecer que en los puestos de trabajo correspondientes a categorías profesionales correspondientes al grupo AP exigirá como requisito el nivel A2 de conocimientos de lengua catalana o equivalente.
TERCERO.- Establecer que las plazas de personal laboral de las guarderías municipales, que ocupan puestos de la función pública docente, se exigirá el conocimiento de la lengua catalana en las siguientes:
- Director, maestro y educador infantil, se exigirá como requisito para acceder a las plazas el nivel C1 de conocimiento de lengua catalana o equivalente.
CUARTO.- Procede modificar la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Selva en los siguientes extremos:
Codi |
Denominació |
Requisit Català |
Responsabilitats principals (s'afegeix) |
---|---|---|---|
F1 |
Secretària/Interventora |
C1 |
5. Informació i atenció al públic. |
F2 |
Cap dels Serveis Jurídic i Administratiu |
C1 |
5. Informació i atenció al públic. |
F3 |
Responsable de Tresoreria |
B2 |
5. Informació i atenció al públic. |
F4 |
Aux. de Serveis Administratius |
B2 |
6. Informació i atenció al ciutadà. |
F7 |
Aux. Serv. Administratius i Batlia |
B2 |
5. Informació i atenció al públic. |
F8 |
Aux. Administratiu base |
B2 |
3. Informació i atenció al públic. |
F9 |
Cap de la Secció d'Urbanisme |
C1 |
6. Informació i atenció al públic. |
F10 |
Responsable d'activitats i instal·lacions |
B2 |
4. Informació i atenció al públic. |
F11 |
Administratiu/va d'activitats, instal·lacions i urbanisme |
B2 |
5 Informació i atenció al públic. |
F12 |
Oficial de Policia Local |
B2 |
4.Informació i atenció al públic. |
F13 |
Zelador |
B2 |
4. Informació i atenció al públic. |
F14 |
Cap del Cos de Policia |
B2 |
4. Informació i atenció al públic. |
F15 |
Policia Local |
B2 |
4. Informació i atenció al públic. |
F17 |
Encarregat de la brigada de manteniment |
B2 |
4. Atenció al public. |
F18 |
Oficial de Manteniment |
3. Atenció al públic. |
|
F19 |
Netejador/a |
2. Atenció al públic. |
|
F24 |
Operari de Manteniment |
3. Atenció al públic. |
|
F25 |
Educador/a Infantil |
C1 |
|
F26 |
Auxiliar de Biblioteca |
B2 |
3. Informació i atenció al públic en les seves tasques. |
F27 |
Dinamitzador cultural |
C1 |
4. Informació i atenció al públic en les seves tasques. |
Selva, 9 de septiembre de 2013
El Alcalde
Joan Rotger Seguí