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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 16645
Notificación por edictos a los efectos del art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de RJ-PAC a la entidad EGATA del traslado del acuerdo del Consejo Ejecutivo del CIM. EXP ART-41/2011

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Texto

Notificación por edictos a los efectos del artículo 59.5 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común , a la entidad EGATA del traslado del acuerdo del Consejo Ejecutivo del CIM referente al EXP ART-41/2011

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común , se procede mediante esta publicación a la formal notificación por edictos a la entidad EGATA del traslado del acuerdo del Consejo Ejecutivo del CIM referente al EXP ART-41/2011 .

" El Consejo Ejecutivo del CIM en sesión de día 24 de julio de 2013 adoptó , entre otros , el siguiente acuerdo :

"ANTECEDENTES

Visto que el Consejo Ejecutivo , mediante acuerdo de fecha 9 de marzo de 2011, aprobó la Convocatoria de subvenciones económicas para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2011 y de autorización del gasto de 240.000 , 00 € como cantidad global de los presupuestos del año 2011.

Visto que el Consejo Ejecutivo , mediante acuerdo de 15 de junio de 2011 , concedió a EGATA , entre otras, una subvención de la línea 3 de la citada convocatoria por importe de 1.500,00 €  para " Organización de cursos "

Dado que se hizo un requerimiento a EGATA ( BOIB núm. 183 de 8-12-12 y tablón de anuncios municipal 29-11-12 ) para que en el plazo improrrogable de 15 días hábiles desde la recepción de la escrito se presentara ante el CIM la justificación de la subvención concedida sin que presentara ninguna.

Visto el informe jurídico de fecha 28 de enero de 2013 y el informe favorable de intervención de día 11 de febrero de 2013 el Consejo Ejecutivo en sesión de día 6 de marzo de 2013 acordó , entre otros , iniciar el procedimiento de pérdida del derecho de cobro y consecuentemente iniciar los trámites para revocar y dejar sin efecto la adjudicación , ofreciendo al interesado un plazo de quince días hábiles para que pudiera presentar alegaciones .

Dado que durante el plazo de presentación de alegaciones no se han presentado .

Visto el informe jurídico de fecha 4 de julio de 2013 y el informe de fiscalización favorable de la Intervención del CIM de día 16 de julio de 2013 .

Visto lo que dispone el apartado e ) del artículo 31 del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca aprobado por el Pleno de 8 de marzo de 2004 (BOIB núm. 38 de 16-3-2004 ) , según el cual los consejeros ejecutivos tienen atribuciones para proponer al Consejo Ejecutivo los acuerdos apropiados respecto a las materias atribuidas a su departamento .

Visto lo que dispone el artículo 1 apartado f ) del Decreto de organización del CIM de 15-7-11 corregido por el Decreto 19-7-11 ( BOIB núm. 111 de 21-7-11 ) modificado por el Decreto de 10 - 10-11 ( BOIB núm. 159 de 22-10-11 ) Decreto de 15-3-12 ( BOIB núm. 48 de 3-4-12 ) y Decreto 11-4-12 ( BOIB núm. 59 de 26-4 -12 ) que regula las atribuciones del Consejo Ejecutivo .

Visto lo que disponen los artículos 41 y 42 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

De acuerdo con lo expuesto , el Vicepresidente de Cultura , Patrimonio y Deportes eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente propuesta de

ACUERDO

1 . - Declarar la pérdida del derecho de cobro de EGATA ( ENTIDAD DE GESTIÓN DE AUTORES Y TECNICOS ARTISTAS ) ( Rpt. Juan Vicente Benavent Baldovi ) con NIF G- 57655011 y consecuentemente revocar y dejar sin efecto la adjudicación a favor de la misma concedida por el Consejo Ejecutivo en la sesión de día 15 de junio de 2011 , por importe de MIL QUINIENTOS EUROS (1.500,00 €) en concepto de la subvención concedida por la línea 3 para " organización de cursos " de la convocatoria mencionada , en base al informe jurídico de fecha 4 de julio de 2013 el cual como motivación se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo , ya que es evidente que ha habido un incumplimiento objetivo en la cuenta justificativa ya que no se ha presentado la memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención , memoria económica justificativa del coste con una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad , facturas originales o similares , así como ninguna otra documentación de las detalladas en la base 15 ª de la convocatoria .

2 . - Notificarlo a EGATA ( Rpt. Juan Vicente Benavent Baldovi ) .

3 . - Comunicarlo a la Intervención del Consejo de Mallorca . "

Contra este acuerdo que no pone fin a la vía administrativa se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno , en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente notificación .

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses , contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso .

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución , podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada , sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa .

No obstante lo anterior , se puede ejercitar , si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente . Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998 , de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999 , de 13 de enero , de modificación de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común

Lo que os comunico para que tengáis conocimiento y a los efectos oportunos . "

 

La jefe del Servicio Jurídico Administrativo

( Por orden de Secretaría General

decreto de presidencia de 14-07-11 )

Margalida Sbert Casasayas