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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 16643
Adjudicación correspondiente a la convocatòria de subvenciones que rige la concesión de subvencions económicas para el fomento de la competividad 2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En la sesión de día 4 de septiembre de 2013, el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca aprobó , entre otros, el siguiente acuerdo:

" Antecedentes

En fecha 12 de junio de 2013 el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca aprobó , entre otros , la convocatoria pública de subvenciones económicas para el fomento de la competitividad de la artesanía para el año 2013 ( BOIB nº . 88 de 22 de junio de 2013 ) .

En fecha 29 de agosto de 2013 el secretario técnico de la Vicepresidencia de Cultura , Patrimonio y Deportes ha emitido informe sobre el cumplimiento de los requisitos previstos en las bases por parte de los solicitantes .

En fecha 29 de agosto de 2013 se ha emitido informe jurídico favorable .

La Intervención General ha certificado la existencia de crédito adecuado y suficiente ( RC 220130005076 , RC 220130005077 y RC 220130005078 ) en las partidas presupuestarias 20 43900 47900 , 20 43900 48900 y 20 43900 77900 del presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca por el ejercicio 2013 .

Fundamentos de Derecho

Visto el apartado f ) del artículo primero del Decreto de Presidencia del Consejo insular de Mallorca , de 15 de julio de 2011 , corregido por decreto de 19 de julio (BOIB nº. 111, de 21-07-11 ) , de organización del Consejo Insular de Mallorca , y modificado el 10 de octubre de 2011 , 15 de marzo de 2012 y el 11 de abril de 2012 , según el cual el Consejo Ejecutivo tiene atribuciones para aprobar y resolver las convocatorias de ayudas o subvenciones a particulares o entidades públicas y privadas en la cuantía que se determine en las bases de ejecución del presupuesto , cuando la cuantía no corresponda al Pleno y en relación a la disposición transitoria primera .

Dado que la base 23 de ejecución del presupuesto 2013 que establece que el Consejo Ejecutivo es competente para aprobar y resolver subvenciones , así como autorizar y disponer gastos de cuantía superior a 70.800,00 .

Visto lo que dispone el Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca aprobado por el Pleno de 8 de marzo de 2004 (BOIB nº. 38 de 16-03-2004 ) , modificado por el Pleno el día 13 de octubre de 2011 ( BOIB nº . 158 , de 20-10-11 ) , concretamente en el apartado e) del artículo 31 , según el cual los consejeros ejecutivos tienen atribuciones para proponer al Consejo Ejecutivo los acuerdos apropiados respecto de las materias atribuidas a su departamento

Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en la base 11 de la convocatoria y el punto 1 letra f ) del decreto de organización del CIM de 15 de julio de 2011 corregido por decreto de presidencia de 19 de julio (BOIB nº. 111 de 21-07-11 ) ; modificado por los decretos de día 10-10-11( BOIB nº. 159 de 22-10-11 ) ; decreto de 15-03-12 ( BOIB nº. 48 de 03-04-12 ) ; decreto de 11 a 04 -12 ( BOIB nº. 59 de 26-04 -12 ) ; propongo que el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca adopte el siguiente

ACUERDO

1 . - EXCLUIR , de acuerdo con las bases de la convocatoria y por el motivo que se expone las solicitudes siguientes :

-Exp . ART-36/2013 de la entidad Embulls Servicio de Belleza y Salud , SL con CIF B57655243 por no subsanar en el plazo legalmente establecido las deficiencias comunicadas .

-Exp . ART-37/2013 de la entidad Embulls Servicio de Belleza y Salud , SL con CIF B57655243 por no subsanar en el plazo legalmente establecido las deficiencias comunicadas .

-Exp . ART-40/2013 de la entidad Asociación Cultural sin Fronteras con CIF G57801698 por no subsanar en el plazo legalmente establecido las deficiencias comunicadas .

2 . - CONCEDER las subvenciones económicas para el fomento de la competitividad en la artesanía de Mallorca para el año 2013, dirigida a asociaciones , empresas y autónomos , a los beneficiarios que se relacionan en el anexo I que se adjunta y por las cantidades que allí constan .

3 . - DISPONER un gasto por los importes a favor de las entidades que se relacionan , por importe total de 108.190,95 €( ciento ocho mil ciento noventa euros con noventa y cinco céntimos ) , con cargo a las siguientes partidas presupuestarias :

a . 37.673,01€ a la partida 20 43900 47900 " Otras transferencias a empresas artesanía " para proyectos presentados por pequeñas y medianas empresas y autónomos , con reserva de crédito núm. 220130005076

b . 4404€ a la partida 20 43900 48900 " Otras transferencias artesanía " para proyectos presentados por pequeñas y medianas empresas y autónomos , con reserva de crédito núm. 220130005077

c . 66.113,94€ a la partida 20 43900 77900 " Transferencias a empresas artesanía p / inv . Mejora de la competitividad " , para proyectos presentados por pequeñas y medianas empresas y autónomos , con reserva de crédito núm. 220130005078

4 . - DEVOLVER el importe de 51.809,05€ por no haberse adjudicado a ningún beneficiario correspondiente a las siguientes aplicaciones presupuestarias :

a -12.326,99€ a la partida 20 43900 47900 " Otras transferencias a empresas artesanía " para proyectos presentados por pequeñas y medianas empresas y autónomos , de la operación contable 220130014525

b -25.596,00€ a la partida 20 43900 48900 " Otras transferencias artesanía " para proyectos presentados por pequeñas y medianas empresas y autónomos , de la operación contable 2201300114524

c- 13.886,06€ a la partida 20 43900 77900 " Transferencias a empresas artesanía p / inv . Mejora de la competitividad " , para proyectos presentados por pequeñas y medianas empresas y autónomos , de la operación contable 220130014526 .

5 . - NOTIFICAR el presente acuerdo a los interesados y a la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca y PUBLICARLA el BOIB. " .

Contra este acuerdo que no pone fin a la vía administrativa se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno , en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente notificación .

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses , contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso .

Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución , podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada sin limitación temporal , mientras no haya resolución expresa .

No obstante lo anterior , se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente . Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998 , de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999 , de 13 de enero , de modificación de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Lo que se publica para general conocimiento .

El secretario general

Jeroni M. Mas Rigo

ANEXO I

(datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

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ART-02/2013
 

Línia 3

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900
 

1.010,00 

1.000,00 

(datos personales ocultos)

ART-03/2013

Línia 4

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

3.010,00 

3.000,00 

(datos personales ocultos)

ART-05/2013

Línia 2

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

2.380,00 

2.380,00 

(datos personales ocultos)

ART-07/2013

Línia 2

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

3.933,37 

3.700,00 

(datos personales ocultos)

ART-08/2013

Línia 2

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

3.750,00 

3.700,00 

(datos personales ocultos)

ART-10/2013

Línia 4

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

2.203,27 

2.203,27 

(datos personales ocultos)

ART-16/2013

Línia 2

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

2.191,00 

2.191,00 

(datos personales ocultos)

ART-18/2013

Línia 2

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

4.133,50 

3.700,00 

(datos personales ocultos)

ART-21/2013

Línia 4

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

2.481,00 

2.481,00 

(datos personales ocultos)

ART-23/2013

Línia 2

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

2.156,23 

2.156,23 

(datos personales ocultos)

ART-24/2013

Línia 4

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

3.118,82 

3.000,00 

(datos personales ocultos)

ART-27/2013

Línia 2

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

1.395,91 

1.395,91 

(datos personales ocultos)

ART-30/2013

Línia 4

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

2.500,00 

2.500,00 

(datos personales ocultos)

ART-32/2013

Línia 4

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

2.314,60 

2.314,60 

(datos personales ocultos)

ART-38/2013

Línia 4

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

1.951,00 

1.951,00 

(datos personales ocultos)

 

 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

 

 

 

(datos personales ocultos)

 

 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 47900

 

37.673,01 

(datos personales ocultos)

 

 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

 

 

 

(datos personales ocultos)

ART-34/2013

Línia 4

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 48900

2.904,00 

2.904,00 

(datos personales ocultos)

ART-35/2013

Línia 3

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 48900

1.500,00 

1.500,00 

(datos personales ocultos)

 

 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

 

 

 

(datos personales ocultos)

 

 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

00 43900 48900

 

4.404,00 

(datos personales ocultos)

 

 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

 

 

 

(datos personales ocultos)

ART-01/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

4.820,00 

4.820,00 

(datos personales ocultos)

ART-04/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

5.454,96 

5.000,00 

(datos personales ocultos)

ART-06/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

4.143,04 

4.143,04 

(datos personales ocultos)

ART-09/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

2.050,00 

2.050,00 

(datos personales ocultos)

ART-11/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

3.463,69 

3.463,69 

(datos personales ocultos)

ART-12/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

2.313,44 

2.313,44 

(datos personales ocultos)

ART-13/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

1.944,10 

1.944,10 

(datos personales ocultos)

ART-14/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

4.559,60 

4.559,60 

(datos personales ocultos)

ART-15/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

4.628,34 

4.628,34 

(datos personales ocultos)

ART-17/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

428,79 

428,79 

(datos personales ocultos)

ART-19/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

2.359,50 

2.359,50 

(datos personales ocultos)

ART-20/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

4.000,00 

4.000,00 

(datos personales ocultos)

ART-22/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

3.500,00 

3.500,00 

(datos personales ocultos)

ART-25/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

4.739,34 

4.739,34 

(datos personales ocultos)

ART-26/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

863,39 

863,39 

(datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

ART-28/2013

Línia 5

(datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

1.375,71 

1.375,71 

(datos personales ocultos)

ART-29/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

5.000,00 

5.000,00 

(datos personales ocultos)

ART-31/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

5.460,00 

5.000,00 

(datos personales ocultos)

ART-33/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

4.100,00 

4.100,00 

(datos personales ocultos)

ART-39/2013

Línia 5

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

1.825,00 

1.825,00 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

 

 

 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

20 43900 77900

 

66.113,94 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

 

 

 

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

(datos personales ocultos)

 

 

108.190,95 

(datos personales ocultos)