Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 16641
Adjudicación correspondiente a la convocatoria de subvenciones que rigen la concesión de ayudas para intervenciones arqueológicas y/o paleontológicas en Mallorca para el año 2013
Adjudicación correspondiente a la convocatoria de subvenciones que rigen la concesión de ayudas para intervenciones arqueológicas y/o paleontológicas en Mallorca para el año 2013
En la sesión de 4 de septiembre de 2013, el Consejo Ejecutivo del Conseja Insular de Mallorca aprobó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"Visto que el día 12 de junio de 2013, el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca acordó, entre otros, aprobar la Convocatoria de subvenciones para la concesión e ayudas para la realización de intervenciones arqueológicas y/o paleontológicas en la isla de Mallorca durante el año 2013 y autorizar el gasto total de 120.000,00€ del pressupost para el año 2013, distribuidos de la siguiente manera: 60.000,00€ a cargo de la aplicación presupuestaria 20.33620.78903 i 60.000,00€ a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 76200.
Visto que el acuerdo se publicó el 22 de junio 2013 en el BOIB núm. 88.
Visto el acta de la Comisión Técnica Evaluadota reunida el día 5 de agosto de 2013 para examinar los expedientes y valorarlos.
Atendido el informe de día 8 de agosto de 2013 emitido por el secretario técnico de la Vicepresidencia de Cultura, Patrimonio y Deportes en el cual consta que de los expedientes se desprende que los beneficiaros cumplen con todos los requisitos necesarios para acceder a les subvenciones.
Atendido el informe jurídico de día 8 de agosto de 2013 emitido por la TAG del Servicio de Patrimonio Histórico.
Atendido el informe de fiscalización de conformidad de día 19 de agosto de 2013.
Atendido el apartado f) del artículo primero del Decreto de Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de 15 de julio de 2011, corregdot por el Decreto de 19 de julio (BOIB nº 111, de 21-07-2011), de Organización del Consejo Insular de Mallorca, y modificado el 10 d’octubre de 2011, el 11 d’abril de 2012 y el 9 de julio de 2012, según el cual el Consejo Ejecutivo tiene atribuciones para aprobar y resolver las convocatorias de ayudas o subvenciones a particulares o entidades públicas y privadas en la cantidad que se determine en las bases de ejecución del presupuesto, cuando la cuantía no corresponda al Pleno y en relación a la disposición transitoria primera.
Atendida la base 23 de ejecución del pressupost 2013 que establece que el Consejo Ejecutivo es competente para aprobar y resolver subvenciones, así como autorizar y disponer gastos de cuantía superior a 70.800,00 €.
Visto lo dispuesto en el Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca aprobado por el Pleno de 8 de marzo de 2004 (BOIB nº 38 de 16-3-2004), modificado por el Pleno de día 13 d’octubre de 2011 (BOIB nº 158, de 20-10-11), concretamente el apartado e) del artículo 31, según el cual los consejeros ejecutivos tienen atribuciones para proponer al Consejo Ejecutivo los acuerdos correspondientes respecto a materias atribuidas a su Departamento.
Por todo lo expuesto, el vicepresidente de Cultura, Patrimonio y Deportes, eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente propuesta de
ACUERDO
1. Excluir, de acuerdo con las bases de la convocatoria y por el motivo que se expone, la solicitud siguiente:
-Sr. Jordi Hernàndez Gasch. (CIF 43688981 K), exp. 5/13: Campaña anual de excavación y restauración de la necrópolis de Son Real (Santa Margarita). No puede acogerse a la Convocatoria por no haber subsanado el requerimiento de documentación exigida a la base 6.i i 2 A).Por lo tanto, se considera que desiste de su petición de acuerdo con la base 7.3 y el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.
2. Conceder las subvenciones, a los siguientes beneficiaros, para la realización de intervenciones arqueológicas y/o paleontológicas en la isla de Mallorca 2013 según las cantidades que se indican de acuerdo con la puntuación obtenida y las bases de la convocatoria, y disponer el gasto total por importe de CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS (51.240,88 €) a cargo de las aplicaciones presupuestarias: 20 33620 78903 (con reserva de crédito 220130004031) por importe de VEINTISEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS EUROS (26.572,00 €) destinada a particulares Y 20 33620 76200 (con reserva de crédito 220130004030) por importe de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÈNTIMOS (24.668,88 €) destinada a ayuntamientos, que se imputaran a los siguientes beneficiarios:
A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78903:
Exp. |
Beneficiario |
CIF/NIF |
Concepto |
Presupuesto |
Cantidad solicitada |
Puntos |
Importe concedido |
---|---|---|---|---|---|---|---|
2 |
Asociación Talayots.com |
G57405409 |
Intervención arqueológica a Ses Païses (Artá) |
17.433,20 € |
10.000,00 € |
17 |
10.000,00 |
4 |
Asociación Arqueover |
G57758609 |
Intervención arqueológica a Na Galera (Palma) |
11.965,00 € |
9.572,00 € |
8 |
9.572,00 |
7 |
Fundación Castillo de Capdepera |
G07143753 |
Intervención arqueológica al Castillo de Capdepera |
23.800,00 € |
7.000,00 € |
7 |
7.000,00 |
A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 76200:
Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Concepto |
Presupuesto |
Cantidad solicitada |
Puntos |
Importe concedido |
1 |
Ayuntamiento de Manacor |
P0703300D |
Intervención arqueológica a Hospitalet Vell (Manacor) |
12.513,00 € |
10.000,00 € |
11 |
10.000,00 |
3 |
Ayuntamiento de Sant Llorenç |
P0705100F |
Intervención arqueológica a s’Illot (Sant Llorenç des Cardassar) |
5.836,10 € |
4.668,88€ |
6 |
4.668,88 |
6 |
Ayuntamiento de Artá |
P0700600J |
Intervención arqueológica a sesPaïses, G Lilliu (Artá) |
14.562,20 € |
10.000,00 € |
7 |
10.000,00 |
3. Devolver el importe de SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (68.759,12 €) distribuidos de la siguiente manera: TRENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO EUROS (33.428,00 €) correspondientes a la operación contable nº 220130004031 de la aplicación presupuestaria 20 33620 78903 por no haberse adjudicado a ningún otro particular i el importe de TRENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL EUROS CON DOCE CÉNTIMOS (35.331,12 €) correspondientes a la operación contable nº 220130004031 de la aplicación presupuestaria 20 33620 76200. por no haberse adjudicado a ningún otro ayuntamiento.
4. Notificar el presente acuerdo a los interesados y a la Intervención General del Consejo Insular de Mallorca.
5.- Publicarlo en el BOIB."
Contra este acuerdo que no pone fin a la vía administrativa se puede interponer, el recurso de altura ante la Comisión de Gobierno, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente en el de la presente notificación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurridos tres meses de la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante el anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquiera otro recurso que se estime pertinente. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común
Se les comunica para que tengan conocimiento y a los efectos oportunos.
Palma de Mallorca, 5 de septiembre de 2013
El secretario general
Jeroni M. Mas Rigo