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AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 16596
Horarios apertura oficinas municipales y de registro general
Resolución de Alcaldía ( núm. 782-2013 ).
Horarios de apertura de los servicios de oficinas municipales y de registro general
1. Hechos.
El Pleno del ayuntamiento en sesión de 24 de junio de 2013 aprobó la modificación de varios puntos del acuerdo sobre las condiciones de trabajo del personal funcionario (BOIB núm. 92 de 02.07.2013). Entre las variaciones introducidas se ha incluido la ampliación voluntaria de jornada, lo que permite extender los sábados el horario de determinados servicios de las oficinas municipales.
Asimismo se considera que deben hacerse compatibles la atención al público, la eficacia en la actuación administrativa y el disfrute de las vacaciones del personal del servicio de las oficinas municipales durante el verano.
Se ha escuchado la opinión favorable del representante del personal funcionario.
2. Fundamentos de derecho .
Artículo 38, apartado 6 y art. 48, apartados 5 y 6, de la Ley 30 /1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, sobre los registros administrativos y el cómputo de plazos, respectivamente.
Art. 151 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, respecto al registro de documentos.
3. Resolución.
En ejercicio de la atribución que me confiere el art . 21,1 , a) yd ) de la Ley 7 /1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local,
resuelvo:
- Fijar, con efectos desde el día 7 de septiembre de 2013, los siguientes horarios de apertura y atención al público en las oficinas municipales,
meses de septiembre a junio:
de lunes a viernes, de 8 a 14’30 horas.
martes y miércoles, de 16 a 18’30 h .
sábados, de 9 a 13 h., ( únicamente los servicios de: información general, registro y expedición de documentos).
meses de julio y agosto:
de lunes a viernes, de 9 a 14 h.
sábados: cerrado ( los sábados de los meses de julio y agosto se declaran inhábiles a efectos de cómputo de plazos).
Lo que se hace público para general conocimiento.
Recursos.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca , en el plazo de dos meses , contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución .
b ) El recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo , ante el Juzgado de contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Alaró, 9 de septiembre de 2013.
El Alcalde, ante mí,
Joan Simonet Pons El Secretario,
Jaume Nadal Bestard