Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 16551
Padrón: baja habitantes
En cumplimiento de lo previsto en el Art.º 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y en aplicación de lo preceptuado en la norma c.3 del apartado II.1 de la Resolución de día 1 de abril de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, en la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal y en relación con lo establecido por el art. 62 del Real Decreto 1690/1986 por el cual se aprobó el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Vistos los acuerdos adoptados por el Pleno del Consejo de Empadronamiento en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2010 referente a la incidencia 144 (habitante español mayor de 16 años que no figura en la base de los DNI.
Ante la presunción del incumplimiento de las condiciones y requisitos que se han de obedecerse para estar inscritos en el padrón de habitantes tal y como estipula el Art.º 54 del Reglamento nombrado, por medio del presente se comunica la incoación de oficio del expediente para proceder a dar de baja en el padrón de habitantes de este municipio a las personas que a continuación se relacionan.
Interessat/da Document d'identificació
Daniel David ÁLVAREZ HOLMES No consta.
Teresa BARCELÓ CANCIO No consta.
Alejandro DÍEZ JAUME No consta.
Magdalena LLOMPART CORRÓ No consta.
José Daniel MORENO SELLARS No consta.
Nina Carmen MORENO SELLARS No consta.
Maite PERUGORRIA ABALO No consta.
Rodolfo Antonio VÁZQUEZ FONSECA No consta.
Contra esta presunción, se concede un plazo de audiencia de quince días, contados desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio al BOIB, para que los interesados puedan manifestar, alegar y presentar los documentos y justificaciones que crean procedentes.
Lo que se anuncia en aplicación de lo previsto en el Art.º 59 de la LRJAP y PAC, a la vista de la imposibilidad de notificarlo personalmente a los interesados, para su conocimiento y efectos correspondientes.
Pollença, 2 de septiembre de 2013.
El Alcalde,
Bartomeu Cifre Ochogavia.